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¿Qué riesgo corres al volar en fechas navideñas?

Pueden suceder muchas eventualidades pero lo primordial es saber qué derechos tienes y hacerlos valer

Vuelve a casa por Navidad, o lo intenta
Vuelve a casa por Navidad, o lo intenta
Foto: Pixabay

Porque el calendario viene así, las fechas navideñas implican muchos desplazamientos. Cuando se llenan los aeropuertos en pleno invierno pueden suceder muchas cosas; retrasos, que pierdas un enlace, tener que quedarte a dormir en algún sitio hasta que la compañía pueda poner otro avión. Imagina que las condiciones meteorológicas se complican y no pueden aterrizar aviones en Menorca durante unas horas. No es extraño ver que en fechas señaladas se convocan huelgas. Realmente puede pasar de todo, y no es que queramos quitarte las ganas de reunirte con tus seres queridos. El kid de la cuestión está en saber qué derechos tienes y cómo hacerlos valer en cada caso.

El puente de diciembre ya se vio afectado por conflictos, y ahora son las festividades navideñas las que podrían quedar en peligro debido a las huelgas de personal de “handling” (servicio en tierra) en los aeropuertos españoles. Los sindicatos UGT y CCOO han anunciado este viernes cuatro días de huelga en el handling de Iberia, para los días 5 al 8 de enero.

Este anuncio plantea riesgos para los desplazamientos de numerosos pasajeros que esperan con ansias disfrutar de las vacaciones. Ante esta situación, AirHelp, la organización líder mundial en defensa de los derechos de los pasajeros aéreos, informa sobre los derechos de los viajeros en este contexto y los pasos para realizar reclamaciones.

El servicio de “handling” comprende las operaciones de asistencia en tierra, como la facturación de equipaje, operaciones de embarque y desembarque, y algunos servicios de mantenimiento y asistencia en pista (combustible, limpieza, etc.). Aunque este servicio solía estar bajo el control de las aerolíneas, actualmente es el personal del aeropuerto quien lo lleva a cabo. Cualquier retraso o cancelación resultante de estas huelgas se considerará ajeno a la aerolínea, y los pasajeros afectados no tendrán derecho a reclamaciones económicas.

No obstante, todos los pasajeros, independientemente del motivo de la huelga, tienen derecho a recibir un vuelo alternativo, el cual pueden rechazar si no desean continuar con su viaje. En este caso, podrían solicitar la devolución completa del importe del billete. Además, si la interrupción del vuelo genera gastos adicionales durante la espera (comida, alojamiento u otros derivados de equipaje extraviado), la normativa CE261 establece que la aerolínea debe asumir estos costos. Los pormenores de esta normativa, con la actualización de los datos que la afectan, se pueden consultar en internet a través el portal de Airhelp, para ayudar a los pasajeros que buscan respuestas.

AirHelp, con una década de experiencia en la defensa de viajeros ante cancelaciones o retrasos de vuelos, ha proporcionado indemnizaciones a más de 2 millones de personas. Sin embargo, ante la falta de conocimiento sobre sus derechos por parte de muchos pasajeros, AirHelp ofrece una Guía de Derechos de los Pasajeros, recientemente actualizada con la normativa más reciente del sector.


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