Sanidad ya impugnó estos pagos en su momento pero desde el consistorio no se atendió sus planteamientos. Por este motivo el Ministerio fue a la Justicia ordinaria donde interpuso un contencioso que perdió. Presentó un recurso y el TSJIB sí ha estimado sus argumentos. Contra esta sentencia no se puede presentar un recurso ordinario.
Desde el Ministerio se argumentaba que el Llatzaret, como BIC y construcción de arquitectura militar, podía eludir el pago de este impuesto. El consistorio arguyó que las únicas construcciones exentas eran los castillos pero el tribunal entiende que el antiguo lazareto queda enmarcado dentro del grupo de construcciones militares que no tienen porqué pagar estas cantidades.
