«Queremos que el texto definitivo que surja de este proceso de información pública que iniciamos el pasado 13 de mayo sea lo más consensuado posible con todos los consejos y agentes implicados», ha dicho el conseller balear de Movilidad, Josep Marí, sobre el Proyecto de decreto de transporte marítimo.
Por esto este miércoles se ha desplazado a Menorca, acompañado del director general de Transporte Marítimo y Aéreo, Xavier Ramis, y se ha reunido con la presidenta del Consell de Menorca, Susana Mora, y la consellera de Movilidad, Francesca Gomis, para darles a conocer las principales líneas de este proyecto que estará en periodo de información pública hasta el día 13 de junio.
El texto desarrolla la Ley 11/2010, de 2 de noviembre, de ordenación del transporte marítimo de las Illes Balears, y «nace con la voluntad de garantizar un servicio mínimo de conectividad entre las islas por mar y para todo el mundo», en palabras del conseller Josep Marí.
Aspectos principales del decreto
El borrador del decreto de transporte marítimo, elaborado desde la Conselleria de Movilidad y Vivienda, ordena el transporte regular entre islas, aclarando y concretando las características de cada una de las actividades de transporte marítimo que se desarrollan, quién las puede llevar a cabo y dónde. Define qué barcos o embarcaciones pueden prestar la actividad de transporte marítimo, qué se entiende por instalación portuaria y por instalación marítima, y el procedimiento que hay que seguir en caso de solicitar la dispensa de bandera.
El decreto también fija las condiciones mínimas para garantizar un servicio suficiente en las líneas de interés estratégico. Se establece como requisito que las compañías tengan una continuidad en el servicio de un mínimo de doce meses consecutivos, tanto en temporada alta como en temporada baja, y una regularidad y frecuencias mínimas:
— Línea Alcúdia-Ciutadella–Alcúdia: una frecuencia diaria.
Si se detecta que estos servicios mínimos no se cubren, el Govern podrá declarar la insuficiencia de la prestación del servicio y abrir un procedimiento de autorización previa en que, finalmente, estas condiciones mínimas pasarían a tener la condición de obligaciones de servicio público. El decreto regula por primera vez el contrato de obligación de servicio público en transporte marítimo para garantizar que las navieras presten estos servicios durante todo el año.
El decreto también establece una serie de exigencias para el transporte de carácter turístico o recreativo. Si el itinerario transcurre por un parque natural se tendrá que disponer de medios divulgativos para dar a conocer los valores naturales del espacio protegido.
El decreto de transporte marítimo también establece la obligación de velar por un transporte marítimo respetuoso con el medio ambiente, con sostenibilidad ambiental, calidad y confort; y habilita al Consell de Govern para que pueda adoptar medidas específicas para salvaguardar estos valores.