La Sala Primera del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de Ryanair que pedía que se condenase a FACUA-Consumidores en Acción por denunciar públicamente sus “fraudes millonarios”, afirmar que “toma el pelo a sus pasajeros” y “se burla” de ellos, acusarla de ser “lo peor de lo peor” e incluirla entre las nominadas a sus premios a “la peor empresa del año”. La sentencia considera que en este caso prima la libertad de expresión sobre el derecho al honor de la aerolínea irlandesa.
El Alto Tribunal entiende que “por más (FACUA) que emplease expresiones ofensivas si se toman en cuenta aisladamente -dice la sentencia sobre Facua-, dejan de serlo cuando se relacionan con las circunstancias subjetivas antes expuestas y con la indudable relevancia pública o interés general de la materia a las que se refieren, pues unas y otra son las que le atribuyen sentido como crítica de una actuación comercial que ha generado notorias discrepancias en el mercado”. (Pulsa aquí para leer la Sentencia)
El Supremo ha desestimado los recursos extraordinarios de casación y por infracción procesal presentados por Ryanair, y ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, que desestimó un recurso de apelación interpuesto por Ryanair y confirmó la sentencia de instancia en todos sus términos, condenando de nuevo a la compañía aérea a pagar las costas del procedimiento.