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El TSJB estima que la pretensión de José Castro de permanecer como emérito no se adecua a la ley

La Sala de Gobierno trasladará al Consejo General del Poder Judicial el acuerdo, que ha sido adoptado por unanimidad

TSJB
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El Tribunal Superior de Justicia entiende que la petición de Castro no cabe.

El Tribunal Superior de Justicia entiende que la petición de Castro no cabe.
El Tribunal Superior de Justicia entiende que la prolongación de funciones del magistrado posibilitaría la continuidad de investigaciones.

La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears ha considerado por unanimidad que la solicitud del magistrado José Castro de permanecer como emérito en el Juzgado de Instrucción del que es titular una vez que el próximo mes de diciembre alcance la edad de jubilación forzosa no se adecua a lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento de la Carrera Judicial.

Estas normas “contemplan la prolongación de funciones judiciales como magistrado emérito exclusivamente para ‘formar Sala’ como magistrado suplente en el Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia, la Audiencia Nacional y las Audiencias Provinciales”, señala el acuerdo, que ahora será elevado al Consejo General del Poder Judicial, cuya Comisión Permanente adoptará la decisión definitiva.

La Sala de Gobierno del TSJB reconoce en su acuerdo que el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma del que es titular Castro “hay un número significativo de asuntos pendientes de avanzar en la fase de instrucción por posibles delitos contra la Administración Pública” y que la prolongación de funciones del magistrado a partir de su jubilación “posibilitaría la continuidad de las investigaciones a cargo de quien ya ha venido conociendo de ellas desde su incoación”.


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