En plena polémica por los currículos de la Ley Orgánica de la Calidad Educativa, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears ha dictado un auto en el que acuerda que el Govern debe restituir de forma inmediata la oferta obligatoria y elección voluntaria por parte de los alumnos de la asignatura de religión en el primer curso de Bachillerato mientras se tramita el procedimiento instado ante esta Sala por la Diócesis y el Obispado de Mallorca, que cuestiona la regulación de esta materia.
El auto se dicta en la pieza separada de medidas cauteladísimas, referida a dicha pieza principal. La Sala acuerda mantener la suspensión cautelar de dos artículos del Decreto 35/2015, que establece el currículum de Bachillerato en Balears, en concreto los artículos 10 y 11, que regulan que la asignatura de religión queda excluida de la oferta religiosa de los centros educativos, mientras levanta la suspensión del resto del decreto impugnado por el Obispado.
Asimismo, la Sala acuerda que la restitución de la oferta de religión debe darse a conocer y debe otorgarse un plazo extraordinario para elegir, si así lo deciden los alumnos, dicha asignatura.