La Conselleria de Territorio, Energía y Movilidad, mediante la Direcció General d’Energia, inicia una campaña para supervisar el cumplimiento de la obligación de que todas las viviendas en oferta de venta o alquiler, cuenten con un certificado de eficiencia energética.
Con la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril quedó establecida la obligación de que cuando se construye, se vende o se alquila un edificio es obligatorio que el mismo disponga de un certificado de eficiencia energética emitido por un técnico competente. Este certificado calificará energéticamente el edificio, con una graduación que va desde la letra A (edificio más eficiente) a la letra G (edificio menos eficiente).
La norma establece también que el promotor o propietario del edificio es el responsable de encargar la realización de la certificación de eficiencia, y también de su conservación.
Asimismo, la etiqueta de eficiencia energética debe incluirse en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler del inmueble. Esta etiqueta contiene un resumen de los principales resultados del certificado, tales como: potencial de emisiones de CO2 y consumo de energía para mantener las condiciones de confort del edificio.