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El Govern expedienta a la central eléctrica de Maó por aumentar los vertidos al mar

El GOB presentó un recurso contra una autorización otorgada en 2014 y la sanción podría llegar a los 200.000 euros

Autorización otorgada en 2014.
Autorización otorgada en 2014.
El GOB presentó un recurso y ahora habrá sanciones económicas.

El Govern abrirá un expediente sancionador contra la central térmica de Maó debido a dos infracciones graves debido por vertidos de agua caliente y cloro que superaron los límites autorizados. Así lo acaban de confirmar desde el GOb, entidad que presentó un recurso contra una autorización otorgada en 2014 para que las instalaciones pudieran verter un 74% más de agua al mar. “Destapamos una situación irregular que parece que se venía produciendo desde hace años”, apuntan desde la agrupación ecologista..
A su vez, recuerdan que la central pasó en 2008 por un trámite de garantía ambiental que se llama “Evaluación Ambiental Integrada”. Uno de los condicionantes establecía que el volumen anual de vertido de la central térmica no superaría los 9.232.900 m3 / año. Este volumen de agua de mar es usada como sistema de refrigeración abierto de los tres motores diésel que funcionan en la central a base de combustible fuel. Las otras cinco turbinas, que funcionan con gasóleo, tienen circuitos cerrados de refrigeración y no requieren por lo tanto agua del mar. El agua es devuelta con una mayor temperatura, y también se acompaña de cloro para eliminar los organismos incrustantes que intentan proliferar en las conducciones de agua caliente. “Temperatura y cloro son dos impactos, por tanto, que el puerto recibe de manera constante en uno de los lugares con menor capacidad de renovación y que alberga un importante fondo de especies”, apuntan desde el GOB.
“Cuando comprobamos en la publicación en un BOIB de 2015 que se había autorizado un incremento de vertido del 74% (pasando de los 9 millones de m3 anuales a 16 millones), no comprendimos los motivos. Sin haber incrementado el número de motores, no se entiende de donde surge la necesidad”, exponen.
Así, en junio de 2015 presentaron un Recurso de Reposición argumentando falta de fundamento y discutiendo que no se tratara de una modificación sustancial de la autorización ambiental. El plazo para resolver el recurso era de un mes. Transcurrido este plazo, se podía entender desestimado. No obstante, la Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla.

17 meses para tener una respuesta
“Se ha tardado 17 meses en responder. En cualquier caso, el recurso ha obligado a pedir informes a una serie de departamentos, de los que se han extraído unas conclusiones de interés. Por ejemplo, se ha constatado que no se trata de una modificación sino de una regulación de un hecho que se venía produciendo desde hacía años. Al menos desde 2008, el volumen vertido al mar ya fue superior a los 15 millones de m3 y esto se ha mantenido hasta la actualidad”, argumentan.
A pesar de haber aumentado un 74% del agua caliente y el cloro correspondiente, el Govern interpreta que no se ha producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente ni se ha puesto en peligro grave la seguridad o salud de las personas. Esto se deduce de los resultados de un Plan de Vigilancia Ambiental que gestiona la propia central.  “Sin embargo, se ha comprobado que no haber declarado en su momento este enorme incremento de agua vertida incidió en forma considerable en el canon de vertido que la empresa ha pagar anualmente, y que se calcula en base a los m3 que se devuelven al mar. Según nuestros cálculos en base a la tarifa de 2008, la diferencia habría sido de unos 33.000 euros a favor de la empresa”, declaran.

Hasta 200.000 euros
El expediente sancionador contempla dos vulneraciones graves de la normativa vigente. Por una parte, incumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización ambiental, y por otro, falta de comunicación inmediata al órgano competente de tal incumplimiento. La sanción económica puede oscilar entre 20.000 y 200.000 euros. El GOB pedía también en su recurso que se obligara a instalar un circuito cerrado de refrigeración de los motores diesel: “Esto evitaría tanto el vertido de agua caliente como de cloro en el puerto. La normativa dice que se pueden revisar de oficio las autorizaciones ambientales cuando sea posible reducir de manera significativa las emisiones a consecuencia de cambios en las mejores técnicas disponibles. De momento, el tema se ha orientado a sanciones económicas. Habrá que seguir insistiendo para disminuir el impacto de la central térmica en el puerto de Maó”, apostillan.


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