El Consell de Govern acordó este viernes la retirada de la Medalla de Oro de la Comunidad Autónoma a Iñaki Urdangarín Lieabert, que le fue otorgada en abril de 1998.
De esta manera, se da cumplimiento al artículo 3.5 del Decreto 2/2014, de 10 de enero, por el que se regula esta distinción y que establece que debe retirarse en caso de condena por sentencia firme de la persona distinguida . Dicho artículo dispone que «la Medalla de Oro debe entenderse concedida con carácter permanente, a menos que la persona galardonada sea condenada por sentencia firme por algún hecho delictivo. Si es así, debe considerarse concedida la Medalla de Oro hasta el momento en que se produzca el hecho anterior. La Administración debe actuar de oficio en estos casos, con trámite de audiencia al interesado ».
El procedimiento para la retirada de la Medalla de Oro se inició el pasado 15 de junio, por acuerdo del Consell de Govern. Tal y como marca el procedimiento a seguir, se dio audiencia al representante legal del señor Urdangarín porque efectuaré las alegaciones y presentara los documentos que considerara pertinentes. Pasado el plazo de diez días hábiles que se le otorgó sin que haya presentado ningún escrito, corresponde acordar la retirada de la distinción.