El Consejo de Ministros de este viernes 28 de diciembre aprobó la bajada del límite de velocidad a 90 kilómetros por hora en carreteras convencionales. Esta medida, podría entrar en vigor a finales de enero, ya que primero tendrá que aparecer en el BOE (previsiblemente en la primera semana de enero) y, a partir de esa fecha, la DGT tendría un plazo de 30 días para cambiar las señales de tráfico. Una vez cambiadas, empezaría a aplicarse la nueva normativa.
En concreto, los turismos y las motocicletas en vías de un solo carril, tendrá un límite general de 90 km/h. En cambio, camiones, furgonetas, autobuses (si no cuentan con cinturones de seguridad para sus pasajeros) y resto de vehículos, podrán circular a un máximo de 80 en este tipo de vías.
La medida estaba en la agenda del ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska y del director de la DGT, Pere Navarro, después de que ambos avanzaran su intención de abandonar la iniciativa del anterior Ejecutivo de reformar la ley de Tráfico y apostaran por reformas legales puntales como ajustar los límites de velocidad o aumentar el castigo al uso del móvil al volante que pasa de costar tres puntos de sanción a seis además de la multa económica correspondiente.