La sentencia judicial no admite y desestima, respectivamente, los recursos presentados por dos de los sancionados y desestima el presentado por la propiedad, imponiéndole las costas del proceso. Además, según el Consell de Menorca esta sentencia “demuestra la correcta y ejemplar actuación administrativa de constatación y acreditación de los hechos, y avala las actuaciones del equipo técnico del Servicio de Patrimonio y de los servicios jurídicos” de la institución.
Todo este proceso comenzó con la imposición de sanciones por obras no autorizadas y afectación muy grave de Bienes de Interés Cultural en la finca de So Na Parets Vives, del término de Ciutadella, sanciones aprobadas por el Pleno del Consell de Menorca el 21 de octubre de 2013 .
Estas sanciones consistieron en diversas multas impuestas a la sociedad rural menorquina, como autora del proyecto básico de instalaciones para camping en la finca de So Na Parets Vives, a la propiedad de los terrenos, y al arquitecto autor del proyecto básico de edificios e instalaciones, por un importe global conjunto de 350.686,90 €.
A partir de ese momento, las partes sancionadas recorrieron por vía administrativa, y ante la desestimación presentaron un recurso contencioso administrativo ante los tribunales el 28 de octubre de 2014.
Paralelamente, el Consell admitió a trámite un recurso extraordinario de revisión, pero este fue finalmente desestimado por el Pleno de la institución el 21 de noviembre de 2016.
El pasado 2 de junio el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Palma dictó sentencia por obras no autorizadas y daños muy graves contra Bienes de Interés Cultural en la finca de So Na Parets Vives y el conseller en funciones de Cultura y Educació, Miquel Àngel Maria, ha señalado que “se trata, sin duda, de una sanción ejemplar, y queremos que sea interpretada así por la ciudadanía. El patrimonio histórico es un bien de toda la sociedad, y las instituciones deben ser ejemplares en el cumplimiento de las leyes”.