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Ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes

Mejorar la eficiencia energética y uso de energías renovables en la envolvente térmica, instalaciones térmicas y de iluminación

Las actuaciones deben realizarse sobre edificios existentes construidos antes de 2007
Las actuaciones deben realizarse sobre edificios existentes construidos antes de 2007

El Govern Balear abre la nueva convocatoria de subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, cofinanciada por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020 (POPE).

Se subvencionan las actuaciones de mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en la envolvente térmica, instalaciones térmicas y de iluminación, que se definen en tres líneas:

1.- mejora de la envolvente térmica.

2.- mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria. Se incluyen:

  • Sustitución de energía convencional por solar térmica, geotérmica o biomasa
  • Mejoras de eficiencia de otros subsistemas de generación (aerotermia y hidrotermia de alta eficiencia, sistemas de ventilación, enfriamiento por aire exterior, recuperación de calor, sistemas que utilizan técnicas de evaporación, etc.)
  • Mejoras de eficiencia de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas (sistemas de regulación y control, sistemas de monitorización de consumo de energía en tiempo real, etc.)

3.- mejora de la eficiencia energética de instalaciones de iluminación.

Los beneficiarios pueden ser personas físicas o jurídicas públicas o privadas propietarias de edificios, comunidades y agrupaciones de propietarios, empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, empresas de servicios energéticos (ESE), entidades locales, comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía.

Para ser subvencionables, las actuaciones deben realizarse sobre edificios existentes construidos con anterioridad a 2007 y no suponer ampliación de superficie ni volumen construido, ni tampoco implicar cambio de uso del edificio. Las actuaciones objeto de la ayuda deben justificar una reducción del consumo de energía final de un 10% y la mejora de la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra.

El plazo para presentar las solicitudes se inicia el 30 de diciembre de 2020 y finaliza el 30 de julio de 2021, o cuando se agote el crédito disponible. Y las inversiones asociadas deben haberse efectuado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud, y antes del plazo que fije la resolución de otorgamiento, que como máximo será de 18 meses. Hay que tener en cuenta que las solicitudes se conceden por orden de presentación.


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