Skip to content

Así quedan las restricciones en Menorca desde este fin de semana

La Isla afronta a partir del sábado una importante reducción de las restricciones vigentes en negocios y actividades sociales

Terrazas en Maó.
Terrazas en Maó.

Menorca y el resto de las Illes Balears afrontan desde este sábado una importante reducción de las restricciones vigentes en negocios y actividades sociales para luchar contra el coronavirus. Las nuevas normas tienen especial relevancia para sectores como la restauración o el ocio nocturno, pero se extienden a muchas otras actividades que, desde este próximo fin de semana, empiezan a acercarse a una cierta normalidad. Así quedan las nuevas normas a partir de ahora.

BARES, RESTAURANTES Y OCIO NOCTURNO

Los bares y restaurantes extiende su horario de apertura hasta las 2 de la madrugada, salvo las barras que abren al 50 % hasta medianoche, y la apertura del ocio nocturno con cierre a las 2 y sin permitir el baile ni en interior ni en exterior.

Las nuevas medidas para bares, cafeterías y restaurantes, incluidas también los de los hoteles, contemplan que el cierre pasa de la medianoche a las 2 horas, siempre que las ordenanzas municipales lo permitan

Se amplía el uso de las mesas en exterior de 10 a 12 personas como máximo, y en interiores se mantiene el aforo del 50 % con máximo de hasta de 6 personas, incluidas también las barras que se podrán usar solo con los clientes sentados.

Sobre el ocio nocturno, desde el sábado se permite la actividad de café-concierto y bar de copas de acuerdo con la normativa para restauración: con 6 personas de máximo por mesa en interior y 12 en exterior.

Los clientes deberán hacer uso de mascarilla cuando no estén consumiendo y podrán abrir hasta las 2, pero no se permite el baile ni en espacios interiores ni en exteriores.

EVENTOS

La comunidad aumentará a partir del próximo sábado al aforo permitido en ceremonias, como velatorios o bodas, que pasará a ser de 120 personas en exteriores y 50 en interiores. Si los asistentes están vacunados, han pasado la enfermedad o cuentan con una prueba negativa, podrá ampliarse hasta 200 en exteriores o 100 en interior.

Por otro lado, los parques infantiles o espacios de uso público al aire libre similares podrán estar abiertos al público, salvo entre las 00.00 y las 06.00 horas. También se podrá permanecer en las playas, a excepción de en este mismo horario. Los ayuntamientos estarán habilitados para poner horario de cierre avanzado si lo consideran adecuado.

En cuanto a los lugares de culto, se permite el aforo completo, tanto en exteriores como interiores, siempre y cuando pueda mantenerse un metro y medio de distancia entre personas no convivientes.

En los centros para gente mayor, se amplía el aforo permitido hasta el 75% siempre y cuando se mantengan las medidas de prevención general. En el supuesto de que se ofrezca servicio de restauración, las medidas serán las que se aplican a dicho sector.

La actividad física al aire libre, incluyendo las actividades de senderismo, se puede llevar a cabo sin limitaciones en el número máximo de personas por grupo, pero se deberá mantener la distancia de seguridad entre personas no convivientes.

ACONTECIMIENTOS DEPORTIVOS

En las competiciones deportivas se aumenta el aforo del público permitido: hasta un 50% y máximo 1.500 personas en instalaciones cubiertas, y un 50% del aforo y máximo 5.000 personas en instalaciones descubiertas.

La práctica de actividades estáticas en sala, entre las que se incluyen las actividades dirigidas y las salas de musculación, se mantiene igual que hasta ahora con un 75% de la capacidad. En las salas de actividades dirigidas se mantiene la presencia simultánea en la misma sala de un grupo de máximo 25 personas en el caso de actividades de intensidad baja y de un grupo de máximo 20 personas en el caso de intensidad alta.

Como novedad, las actividades que se lleven a cabo en el resto de instalaciones deportivas cubiertas, incluidas las piscinas cubiertas, tanto para uso recreativo como deportivo, se permiten siempre que no se supere el 100% de la capacidad máxima.

Las actividades que se lleven a cabo en las instalaciones deportivas descubiertas, incluidas las piscinas descubiertas, tanto para uso recreativo como deportivo, salvo las piscinas privadas para uso familiar, se permiten siempre que no se supere el 100% de la capacidad máxima.

Se permite el deporte no federado de contacto a nivel de entrenamiento cumpliendo los aforos establecidos y los grupos burbuja que existen. En deportes de campo, los grupos de entrenamiento estables son de máximo 30 personas; en deportes de pista, de 20 personas, y en deportes de contacto, de 10 personas. 

En los torneos deportivos, se facilitan los trámites administrativos. En el caso de las competiciones de deportes de equipo y de contacto, se pueden realizar sin necesidad de autorización previa siempre que se cumpla el protocolo federativo aprobado de la modalidad deportiva respectiva.

ESPACIOS CULTURALES

Respecto a los cines y circos de carpa, estos podrán ocuparse hasta un 75% de su aforo, mientras que los teatros, auditorios y salas de conciertos podrán desarrollar su actividad siempre y cuando no superen el 75% del aforo máximo autorizado en espacios interiores y hasta el 100% en exteriores.

En espacios similares se aplicará el mismo aforo, con un máximo 1.500 personas en interiores y hasta 5.000 en exteriores. En todos los casos, los asistentes permanecerán sentados. Si el espacio ofrece servicio de bebidas y alimentos, se habilitarán mesas, donde se aplicarán las mismas medidas que en el sector restauración. El consumo permanece prohibido en conciertos de música en vivo en interiores.

En bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones y monumentos, se eliminan todas las restricciones, salvo las medidas generales: distancia, mascarilla, ventilación e higiene. También en el transporte público se eliminan todas las restricciones, a excepción de las medidas generales.

COMERCIOS Y CENTROS COMERCIALES

Por otro lado, los establecimientos comerciales deben concluir la actividad a las 00.00 horas, salvo que las ordenanzas municipales establezcan una hora de cierre anterior. Se exceptúan de estas limitaciones las gasolineras y los establecimiento dedicados al comercio esencial, farmacias, ortopedias, ópticas, estancos o quioscos, entre otros.

Para los establecimientos de juegos y apuestas, se amplía el horario de hasta las 02.00 horas con un 50% máximo de aforo. Podrán tener actividad de restauración, siguiendo las normas que se aplican en el sector.

FERIAS Y FIESTAS POPULARES

Asimismo, se permite la realización de ferias y muestras, así como la realización de actos culturales, deportivos e institucionales ligados a la celebración de fiestas populares, siempre y cuando se sigan las medidas frente a la COVID-19. También se permite de nuevo la realización de bailes populares. No se permite, sin embargo, la realización de eventos tipo cenas a la fresca o verbenas.

Finalmente, la actividad de los locales de ocio infantil se desarrollará respetando el 75% del aforo máximo autorizado, sin límite máximo de personas, y en los centros recreativos para gente joven, los espacios podrán ocuparse al 75% de su aforo.

Las actividades de ocio infantil serán máximo de 200 participantes. Las tiendas de campaña podrán ocuparse un 50%, con un máximo de seis personas, y las habitaciones compartidas también podrán ocuparse hasta un 75%.


Deja un comentario

Your email address will not be published.