El Consejo de Ministros ha aprobado la actualización del real decreto sobre contaminación producida por nitratos, una norma clave para reducir los problemas de este tipo de contaminación en las masas de agua y alcanzar los objetivos ambientales señalados por la legislación nacional, fijados a través de los planes de cuenca, y la Unión Europea.
Esta nueva norma modifica y renueva la transposición a la legislación española de la Directiva europea. Impone a los Estados miembros la obligación de identificar las aguas afectadas por este tipo de contaminación, vigilando la concentración de nitratos a través de estaciones de muestreo. También establece criterios para designar como zonas vulnerables las superficies cuyo drenaje dé lugar a la contaminación por nitratos y para poner en funcionamiento programas de actuación coordinados con las actividades agrarias.
Se calcula que la contaminación por nitratos afecta en España a un 22% de las masas de agua superficial y al 23% de las masas de agua subterráneas. En el caso de Menorca el problema ha sido especialmente preocupante en Es Castell y partes de Maó hasta la puesta en marcha de una depuradora. Pero en la ciudad de Llevant todavía hay barrios y urbanizaciones con agua que posee niveles de nitratos por encima de la aconsejado por la Organización Mundial de la Salud.
Desde Europa se propone, entre otros objetivos, una reducción de la contaminación por exceso de nutrientes del 50%, lo que supondrá una disminución del 20% en el uso de fertilizantes.
También se estudiarán las presiones agropecuarias, urbanas y otras que puedan considerarse significativas, así como los impactos registrados sobre las aguas.
Estos criterios se alinean con los contemplados en la Directiva Marco del Agua para definir el buen estado de las aguas en cuanto a los límites admitidos para la concentración de nutrientes en las aguas superficiales y subterráneas, continentales, costeras y de transición.
La aplicación de la nueva norma conllevará un incremento de hasta el 50% de la superficie de las zonas protegidas que se han identificado como vulnerables a este tipo de contaminación. Sobre ellas se desarrollarán programas de actuación más exigentes, incluyendo limitaciones específicas sobre fertilización vinculadas a las que se regulen en la planificación hidrológica.
La normativa también incrementa significativamente la densidad de estaciones de control y aumenta el número y frecuencia de los muestreos en las aguas para analizar su contenido en nitrógeno y otros contaminantes asociados. Asimismo, establece medidas adicionales y acciones reforzadas para revertir la contaminación existente.
Además, se asume el compromiso de hacer pública toda esa información para que pueda ser usada por los ganaderos y agricultores para ajustar sus pautas de fertilización. De esta forma, se exige la preparación de un informe cuatrienal que analice la eficacia de las medidas que se contemplen, que se remitirá a su vez a la Comisión Europea.
La norma también establece las responsabilidades que corresponden a las distintas administraciones públicas con el fin de conseguir una implementación coordinada de todas las medidas. En concreto, se fijan las obligaciones que deberán asumir las autoridades del agua y las autoridades agrarias, tanto del ámbito de la Administración General del Estado como del de las comunidades autónomas, siendo estas últimas quienes ostentan las competencias específicas en agricultura, ganadería y gestión en la protección del medio ambiente en el territorio.
Además de elaborar y velar por el cumplimiento de los programas de actuación en las zonas declaradas como vulnerables, las comunidades autónomas también elaborarán códigos de buenas prácticas agrarias que los agricultores aplicarán obligatoriamente en las zonas vulnerables, con el fin de reducir la contaminación producida por los nitratos de origen agrario.