A partir de este viernes, el certificado COVID Digital UE de recuperación ya está disponible con el resultado de la prueba de antígenos. Por lo tanto, del mismo modo que las personas a quienes se diagnosticó la infección por el SARS-CoV-2 por medio de una PCR, todas las personas diagnosticadas con un test rápido de antígenos pueden obtener el certificado de la Unión Europea para acreditarlo; dicho certificado se emitirá de forma retroactiva a las personas diagnosticadas con esta técnica desde el 1 de octubre de 2021.
El certificado de recuperación acredita que una persona se ha recuperado de la infección. Se puede emitir a partir del undécimo día desde el resultado positivo de una PCR o una prueba rápida de antígenos hecha para determinar la infección por el SARS-CoV-2 y tiene una validez de 180 días (seis meses). Se puede obtener por vías diversas, según cada caso:
- Las personas a quienes se ha hecho la prueba rápida de antígenos en el Servicio de Salud pueden obtener el certificado de recuperación desde el Portal del Paciente, la app Cita Prèvia GOIB y los puntos de emisión presencial.
- Aquellas a quienes se ha hecho la prueba en un centro privado habilitado para emitir el Certificado tienen que solicitarlo en el propio centro.
- Aquellas a quienes se la han hecho fuera de las Illes Balears tienen que solicitar el documento por los medios habilitados en el lugar donde se haya hecho. En los casos de otras comunidades autónomas, también se puede descargar desde el web del Ministerio de Sanidad.
- Para los casos de las pruebas hechas en una oficina de farmacia, el Servicio de Salud está trabajando en los procesos de integración de los circuitos de información a fin de que en breve también se pueda descargar el certificado.
En ningún caso se emitirá el certificado a partir de test de autodiagnóstico que una persona se haya hecho sin la supervisión de un profesional sanitario.
Hay que recordar que el Certificado COVID Digital UE permite la libre circulación y los viajes dentro de la Unión Europea, dado que acredita que el titular ha sido vacunado o ha obtenido un resultado negativo en una prueba diagnóstica o bien ya se ha recuperado de la infección.