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Es Castell reparte los distintivos para poder aparcar en el pueblo en los meses de verano

El objetivo de estas tarjetas es dar prioridad a los residentes en el municipio durante la temporada turística

Distintivos que repartirá el Ayuntamiento
Distintivos que repartirá el Ayuntamiento

Esta semana el Ayuntamiento de Es Castell empezará a repartir, casa por casa, los distintivos para los vehículos que podrán aparcar en el casco urbano durante los meses de verano.

Desde el consistorio recuerdan que “el objetivo de la nueva ordenanza de aparcamiento de vehículos es dar prioridad a los residentes en el municipio durante la temporada turística, obligando a los visitantes a aparcar en las bolsas de estacionamiento perimetrales”.

La ordenanza municipal prohíbe el aparcamiento en el núcleo urbano de Es Castell a las personas que no sean residentes en el municipio, durante el período comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, en horario de 18 h a 00:01 h. El resto del año, no habrá restricción alguna.

Las restricciones no afectarán a las urbanizaciones de Santa Anna, Sol del Este y Son Vilar.

No estarán sujetas a esta restricción las motocicletas, ciclomotores y bicicletas, los vehículos de emergencias y servicios públicos y los coches de personas con movilidad reducida.

El Ayuntamiento ha preparado diversas tarjetas:

  • Tarjeta A1, para los propietarios de vehículos que liquiden el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en Es Castell. No deben realizar ningún trámite. Recibirán el distintivo en la dirección postal que conste en el Ayuntamiento, previa comprobación de estar al corriente del pago del IVTM del año en curso.
  • Tarjeta A2, para los ciudadanos empadronados en Castell que sean titulares de un contrato de vehículo de arrendamiento o alquiler. Tienen que presentar el formulario de solicitud y el contrato de leasing o renting.
  • Tarjeta A3, para los propietarios de inmuebles situados en el término municipal de Es Castell, considerados estos como segundas residencias, así como sus convivientes. Deben presentar el formulario de solicitud y el DNI del titular del vehículo. En el supuesto de no coincidir éste con el titular del inmueble, deberá presentarse el certificado de convivencia.
  • Tarjeta A4, para aquellas personas empadronadas en Castell que siendo titulares de un vehículo justifiquen el hecho de haber solicitado en sede municipal, y antes de día 1 de junio de cada año, el cambio de dirección fiscal del mismo. Tienen que presentar el formulario de solicitud. El Ayuntamiento comprobará que se cumple el requisito.
  • Tarjeta B1, para servicios técnicos y de reparación, mediante la exhibición del impuesto sobre actividades económicas. Tienen que presentar el formulario de solicitud y el documento acreditativo de estar dado de alta en la actividad de servicios técnicos y reparación (Impuesto sobre actividades económicas). Tendrá un coste anual de 10 euros.
  • Tarjeta B2, para trabajadores de negocios, comercios, actividades turísticas u hoteleras ubicadas dentro del término municipal. Tienen que presentar el formulario de solicitud y el correspondiente certificado de empresa que haga referencia al contrato de trabajo, dirección del establecimiento donde se preste el servicio y el horario laboral, que deberá coincidir con la restricción de 18 a 00:01 h. Tendrá un coste anual de 10 euros.
  • Tarjeta B3, para los clientes de los establecimientos hoteleros comprendidos dentro de la zona regulada de aparcamiento. La petición deben realizarla de forma telemática los establecimientos hoteleros antes del inicio de la temporada turística. Tendrá un coste anual de 10 euros.
  • Tarjeta B4  para cualquier otra situación análoga a las anteriores que pueda ser valorada por el personal técnico municipal competente en regulación del tráfico. Tendrá un coste anual de 10 euros.

Todos los vehículos habilitados tendrán que exhibir la tarjeta en un lugar visible.

Las tarjetas de tipo A son gratuitas. Las A1 tendrán una duración de 2 años, después de los cuales el Ayuntamiento las renovará de oficio, siempre que se mantengan las mismas condiciones. Las demás tarjetas de tipo A tendrán una duración inicial de 2 años, y tendrán que ser nuevamente solicitadas transcurrido este tiempo por las personas interesadas.

Las tarjetas tipo B tendrán una duración anual (dentro del período del 1 de junio al 30 de septiembre).

 

Las tarjetas tipo A serán gratuitas.

Las tarjetas tipo B, permiso especial, tendrán un coste anual de 10 euros.


Comments (2)

  1. O sea, que los politicastros de turno cierran el pueblo a los turistas y resto de menorquines? bien, disfrutad vosotros solitos de vuestros amaneceres, que ya nos buscaremos la vida en otros lares.

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