El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Maó ha condenado a un hombre a 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito de amenazas en el ámbito de la violencia de género. Además, se le ha impuesto la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 16 meses y 1 día, y la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante el mismo periodo.
El condenado, en medio de una discusión con su pareja sentimental, le dijo: “como se te ocurra decirles a los niños, te los quito, los pierdes y tendrás consecuencias y si hace falta te mato per a los niños no los ves más”, según consta en la resolución judicial.
Antes de la sentencia, el procesado había solicitado la rectificación registral de sexo para constar como mujer en el Registro Civil y con otro nombre, conforme a la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Sin embargo, la magistrada-jueza titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Maó, encargada del Registro Civil, desestimó su solicitud en mayo.
En su resolución, la jueza argumentó que las manifestaciones del solicitante, su actitud durante la entrevista y su apariencia externa no mostraban signos que permitieran entender que se identificaba con el sexo femenino. La jueza subrayó que es común que las personas trans adopten comportamientos y cambios de nombre que reflejen su identidad de género en sus relaciones sociales. Concluyó que la solicitud del procesado no se alineaba con los objetivos de la Ley 4/2023, ya que no demostraba una identificación genuina con el género femenino.