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Se abre el plazo para solicitar las ayudas al alquiler de 2024 en Baleares

El plazo estará abierto hasta el 15 de diciembre a las 23:59 horas y las solicitudes pueden tramitarse online

La fecha límite es el 15 de diciembre.
La fecha límite es el 15 de diciembre.

El Govern de les Illes Balears ha iniciado este viernes el plazo para solicitar las ayudas al alquiler para 2024, que estará abierto hasta el próximo 15 de diciembre a las 23.59 horas.

La convocatoria, publicada en el BOIB el pasado 12 de octubre, cuenta con una dotación inicial de 9,2 millones de euros, financiada con 7 millones de fondos estatales a través del Plan Estatal de Vivienda y 2,2 millones aportados por la Comunidad Autónoma.

Condiciones de las ayudas

Estas ayudas pueden cubrir hasta un 50 % del alquiler mensual, siempre que la renta no supere los 900 euros. El límite máximo de ayuda por vivienda es de 3.000 euros anuales.

Se establecen también límites de ingresos para las unidades de convivencia:

  • 25.200 euros anuales (tres veces el IPREM) como regla general.
  • 33.600 euros anuales (cuatro veces el IPREM) para familias numerosas de categoría general, personas con discapacidad o víctimas de terrorismo.
  • 42.000 euros anuales (cinco veces el IPREM) para familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %.
Requisitos para optar a las ayudas

Entre los principales requisitos figuran:

  • Ser titular de un contrato de alquiler de una vivienda destinada a residencia habitual y permanente.
  • Contar con nacionalidad española o residencia legal en España.
  • Cumplir los límites de ingresos establecidos y que la renta mensual de alquiler no supere los 900 euros.
  • Estar al corriente del pago del alquiler en el momento de la solicitud.

Estas ayudas no son compatibles con otras destinadas al pago del alquiler incluidas en el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, ni con las que puedan otorgar la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, entidades locales u otras administraciones. Sin embargo, quedan excluidos de esta incompatibilidad los casos excepcionales de víctimas de violencia de género, trata con fines de explotación sexual, violencia sexual, desahucio de la vivienda habitual, personas sin hogar y otras situaciones de especial vulnerabilidad.

Las solicitudes pueden realizarse de manera telemática a través de la web oficial o solicitando cita presencial para recibir apoyo en la tramitación.

Toda la información y la tramitación telemática están disponibles en la página web www.ajudeslloguer.caib.es, habilitada por la Dirección General de Vivienda y Arquitectura.

 


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