Normas de seguridad para la procesión marinera en el puerto de Maó

Normas de seguridad para la procesión marinera en el puerto de Maó
El próximo sábado, 13 de julio, se celebrarán en el puerto de Maó los tradicionales actos en honor a la Virgen del Carmen, patrona de todas las personas vinculadas con el mar. Misa en la Capilla de la Estación Naval a las 19 h, y posterior procesión marítima, a las 20 h, organizada por el Club Marítimo de Maó con el apoyo de la Estación Naval.
Desde la Dirección insular del Estado en Menorca se han elaborado unas normas para el correcto desarrollo de la procesión marinera que se prevé que finalizará sobre las 21.15 h después de salir desde la Base Naval, pasar por la cara norte de la Isla del Rey, la Isla Plana y el Lazareto donde se tomará rumbo de nuevo a la Base pasando por Cales Fons.
Son muchas las personas que se embarcan esa tarde para disfrutar del paseo por el puerto de Maó y escuchar de cerca las canciones marineras con las que saludan a los barcos los voluntarios de la Isla del Rey. Pero para que esta actividad se desarrolle en perfectas condiciones desde la administración recuerdan las obligaciones de las personas embarcadas:


  1. No podrán embarcar personas menores de edad ni personas discapacitadas que no puedan valerse
    por sí mismas, si no van acompañados de una persona mayor de edad responsable de los mismos.


  2. No se podrán arrojar residuos sólidos o líquidos a la mar, debiendo disponerse a bordo de
    recipientes o bolsas para su recogida y posterior descarga a tierra.


  3. Las personas embarcadas no estarán autorizadas para el lanzamiento de cohetes, petardos u otros
    ingenios luminosos o explosivos, ni podrán acceder con ellos a las embarcaciones.


  4. No podrán realizar señales pirotécnicas, ópticas o luminosas, ni podrán manipular radiobalizas, ni
    efectuar ningún tipo de emisión radioeléctrica, salvo en situaciones de emergencia y siempre que esa
    actividad no pueda realizarse por el patrón o los tripulantes.


  5. Las personas embarcadas no deberán agruparse en una de las bandas de la embarcación, y no
    interferirán la visibilidad del patrón o las faenas marineras que se desarrollen en la travesía.


  6. Queda prohibido el embarque o estancia a bordo de cualquier persona cuyas facultades se
    encuentren mermadas o disminuidas por efectos de bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas de
    cualquier tipo.

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Redacción

Periodista de Menorca al Dia