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Condenan a una adjudicataria del IB Salut a abonar las pagas extras de tres años a los conductores del 061

Una medida que afecta a cerca de 200 trabajadores

Ambulancia del 061.
Ambulancia del 061.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, ha condenado a la empresa SSG (Servicios Socio-Sanitarios Generales), adjudicataria del Servicio de Asistencia Programada a Enfermos y Discapacitados del IB Salut, a abonar a sus trabajadores las pagas extraordinarias del año 2013, 2014 y 2015. Contra esta Sentencia no cabe recurso alguno. Esto supondrá que los casi 200 trabajadores que prestan sus servicios como conductores de los servicios programados del 061 cobrarán las cuatro pagas extraordinarias que la empresa dejo de abonar.

 

Así lo ha informado el sindicato CGT. La medida afecta de forma retroactiva a los técnicos y conductores del servicio de ambulancias. Según el sindicato, la empresa había dejado de pagar las citadas Pagas Extraordinarias en aplicación de la Disposición Transitoria 1ª del Convenio Colectivo alegando que había sufrido una reducción del Contrato con el IB Salut superior al 10 por ciento.

Dicha reducción fue ratificada por la Comisión Paritaria del Convenio en la que se encontraban los sindicatos UGT y CCOO. Pero CGT impugnó la decisión empresarial considerando que la reducción del Contrato por parte del IB-Salut no había alcanzado el 10 por ciento. El Tribunal Supremo ha confirmado ahora que la reducción habría sido del 2,91 por ciento, muy alejada del umbral requerido por el Convenio Colectivo, condenando a la adjudicataria al abono de las citadas pagas extras.


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