Seis años y tres meses después de ser imputado, comienza la cuenta atrás para que Iñaki Urdangarín y Diego Torres conozcan su condena definitiva. El Tribunal Supremo celebra hoy, miércoles, la revisión de sus condenas, así como la de los otros 16 juzgados por la Audiencia de Palma hace ahora un año. Entre ellos, el propio Diego Torres -sentenciado a ocho años y seis meses y una multa de más de 1,7 millones de euros- y el expresident balear, Jaume Matas, que suma una condena de tres años y ocho meses de cárcel y siete años de inhabilitación. El fallo, no obstante, no se conocerá hasta dentro de unas semanas.
La fiscal de Tribunal Supremo Ángeles Garrido ha defendido un incremento de las penas impuestas por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca a ambos por considerarles “motor de toda la secuencia” de los delitos cometidos mediante el Instituto Nóos. Para Urdangarín ha solicitado que se incremente la condena inicial de 6 años y 3 meses de prisión hasta los 10 años.
En una intervención de carácter muy técnico la representante del Ministerio Público ha defendido la aplicación de tipos agravados a las penas inicialmente impuestas para ambos y para el expresidente Balear Jaume Matas por los delitos de malversación de caudales públicos , al tratarse de un “delito bilateral” en el que es necesario el concurso de todas las partes.
“En la administración pública no puede hacerse todo lo que uno quiera, no rige el principio de autonomía de la voluntad”, ha señalado la fiscal Garrido para justificar la comisión también de los delitos de prevaricación.
Urdangarin fue condenado a seis años y tres meses de prisión, siete años y un mes de inhabilitación especial y multa de 512.533,68 euros por un delito continuado de prevaricación en concurso con uno de falsedad en documento público y de malversación (dos años y ocho meses de prisión), uno de fraude a la Administración pública (siete meses), uno de tráfico de influencias (un año) y dos delitos contra la Hacienda Pública (un año cada uno) y a responsabilidad civil.
La pena impuesta fue no obstante bastante inferior a los 19 años de cárcel que pedía para él inicialmente la Fiscalía, puesto que el tribunal de Palma le absolvió de los delitos de blanqueo de capitales y estafa y de varios delitos de falsedad en documentos, tráfico de influencias, prevaricación, malversación y fraude en relación con actividades en Baleares, la Comunidad Valenciana y Madrid y tuvo en cuenta circunstancias atenuantes de reparación del daño.
Tanto la Fiscalía como la representante de la Abogacía del Estado han solicitado al Supremo un nuevo cálculo del daño patrimonial producido por los condenados, y que para ello se aplique la jurisprudencia de la Sala fijada de acuerdo con la sentencia dictada en 1992 en el caso de la ‘colza’.