El Consell de Menorca amenaza con la suspesión de la licitación de las obras d emejora de la carretera general si la UTE que las ejecuta, compuesta por Dragados y Antonio y Gomila, pide unas “diferencias económicas insalvables”. Así lo afirma la institución en un comunicado dado a conocer este jueves.
El mensaje del Consell lega como respuesta a las informaciones aparecidas en El Mundo en que se apunta a que la UTE presentará ante la institución insular un sobrecoste de las obras valorado en 2,5 millones de euros para el tramo entre Maó y Alaior.
Desde el Consell se asegura que “no se contempla, ni se ha adquirido ningún compromiso con la UTE, sobre el incremento del coste de las obras”.
La Administración isleña señala que la UTE licitó libremente la ejecución de la obra, junto a otras ocho empresas del sector. Ganó la licitación por una propuesta ponderada entre mejoras técnicas que tenían en cuenta no sólo las recomendaciones de la Comissió Balear de Medi Ambient, sino determinadas demandas sociales. Su oferta económica de 7.574.238 euros no era ni la más barata (7.378. 374 euros) ni la más cara (8.178.359 euros). La Mesa de contratación adjudicó las obras el 28 de febrero de 2014, sobre la base de informes técnicos y jurídicos favorables. Se ratificó oficialmente el 28 de abril de 2014. Dentro de los requisitos de la adjudicación se encontraba el compromiso de realizar un proyecto refundido que adjuntara al proyecto constructivo inicial, las mejoras y variantes ofertas. El proyecto se entregó el 10 de julio y fue aprobado el 3 de septiembre, mes en el que se iniciaron las obras. Por tanto, la UTE Dragados / Antonio Gomila, dispuso entre marzo y septiembre de 2014 para verificar y consolidar su oferta. El texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, contempla incluso la renuncia previa. No deja de ser extraño que la UTE presente una “Modificación de proyecto y suspensión temporal parcial de las obras”, el 18 de diciembre de 2014, tres meses después de haber iniciado el proyecto.
Son normales las diferencias entre los proyectos y la propia ejecución de la obra sobre el terreno. Estas diferencias son abordadas por la Dirección facultativa de la Obra, que puede compensar, redefinir e incluso modificar ciertos parámetros que compensen costes sobrevenidos. Todo esto lo contempla la Ley de Contratos del Sector Público.
La modificación de los proyectos, de acuerdo con la citada ley, en su artículo 234, no corresponde a la empresa constructora, sino al director de la obra, quien elevará sus informes al órgano de contratación.