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Alaior alega contra el PTI para solucionar los problemas urbanísticos de Son Bou

El Ayuntamiento ha presentado 44 alegaciones a la revisión de esta norma aprobada inicialmente por el Consell de Menorca

El consistorio quiere reubicar el Área de Reconversión en la segunda línea de Son Bou
El consistorio quiere reubicar el Área de Reconversión en la segunda línea de Son Bou

Alaior considera necesaria una solución al “rompecabezas histórico de la urbanización de Son Bou, en cuanto al Área de Reconversión Territorial Ud-3.2.”. Señalan que el Plan Territorial Insular (PTI) la delimita en una zona muy lejana de la urbanización, “quedando la zona de aprovechamiento totalmente desvinculada de Son Bou, encareciendo los costes para urbanizar y para dotar de infraestructuras este ámbito. Por eso, el Ayuntamiento plantea reubicarla pegándola totalmente a la urbanización de Son Bou, en una segunda línea de costa, para evitar un impacto visual, pero igualmente contigua a la urbanización, como ocurre con Torre-Solí 2″.

El equipo de gobierno de Alaior señala que “lo que plantea el PTI va totalmente en contra de lo que se prevé en la LDOT, concretamente en el artículo 26, en donde se establece que las áreas de desarrollo deberán establecer medidas para fomentar el equilibrio territorial por medio de la potenciación de los núcleos urbanos, favoreciendo la utilización de los ya existentes, en vez de nuevos crecimientos, y en el artículo 32, donde se indica que los nuevos suelos urbanizables destinados a uso residencial, turístico o mixto deberán desarrollarse de forma integrada o contigua a los ya existentes. En cuanto a Son Vitamina, una zona ya urbanizada, y Torre-Solí fase 2, en fase
de urbanización, y con todos los planes parciales ya aprobados, el Ayuntamiento plantea que es un error no considerarlas adaptadas al PTI“.

Además, el Ayuntamiento pide también una solución definitiva para el aparcamiento de la paya de Son Bou. Pide que se prevea esa área como parking, teniendo en cuenta que es el único terreno existente allí con las
dimensiones suficientes para albergar dicho equipamiento.

Por esto, el consistorio ha presentado 44 alegaciones a la revisión del PTI que fue aprobado inicialmente por el Consell de Menorca.

En ellas Alaior pide también que la tercera fase del polígono industrial sea considerada como suelo urbano de uso comercial e industrial en su totalidad. La segunda fase del polígono de Alaior fue aprobada definitivamente
por el Consell Insular en 2004. Además, se publicaron las ordenanzas reguladoras del Plan Parcial de Ordenación de dicha ampliación en 2016, y se aprobó el correspondiente proyecto de urbanización, ejecutando también las obras. Para el Ayuntamiento, “es un inmenso error quitar el crecimiento natural del polígono industrial como continuación de la segunda fase, ya contemplado en el PGOU de 2009 y en el PTI del 2003”.

Cristóbal Marqués, concejal de Hacienda y Urbanismo, ha destacado que “ahora más que nunca, y habiendo solucionado el Ayuntamiento la gran problemática de la segunda fase, ya en pleno desarrollo, no tiene ningún sentido que el PTI no prevea el crecimiento industrial del municipio. Eso condena drásticamente el futuro económico y social de Alaior”.

Otra de las alegaciones solicita considerar la unidad Pa-1-4, enfrente del instituto IES Josep Miquel Guàrdia como urbana en su totalidad, “esta zona se aprobó y lleva urbanizada ya más de 19 años, por lo que sería una equivocación que no se corrigiera esto en el PTI”.

También el consistorio pide que cuatro de las carreteras del municipio sean incluidas dentro de la red insular secundaria, al considerar que su uso no es solo de ámbito local, sino insular. Se trata de la carretera de Torre-Solí Nou, la carretera de Torralba desde Alaior a la Me-12, la carretera de Albaida/Binifabini, y la carretera de Son Bou.

Además, el Ayuntamiento señala que ha detectado algunas errores en el PTI como “que en el artículo 18 de “uso del suelo para equipamiento educativo” el PTI se olvida de la extensión en Alaior de la Universitat de les Illes Baleares, dentro del artículo 27 de ‘uso del suelo para equipamiento cultural’ no se menciona el Convent de Sant Diego- Pati de sa Lluna, como centro de referencia cultural a nivel insular, o que tampoco se prevé en el artículo de ‘uso del suelo para equipamiento deportivo’ la construcción de la futura piscina municipal”.

Destacan que en el artículo 19 de ‘uso del suelo para equipamientos sociosanitarios y asistenciales’ no se hace referencia a la previsión de la construcción del nuevo centro de salud en la calle Margalida Comas Camps, que el PTI no menciona la nueva red de saneamiento de La Argentina, ya en fase final de obras, y se olvida de las depuradoras de Son Bou, Sant Jaume y Torre-Solí, “y en cambio, dibuja una inexistente en Son Vitamina”.

También el consistorio percibe contradicciones en cuanto a la comercialización de las estancias turísticas en Cales Coves y Son Vitamina y en lo referente a las viviendas de protección oficial, solicita que no se regulen, “ya que ya están reguladas por la LUIB, entrando en contradicciones que pueden hacer imposible el desarrollo de algunas zonas”.


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