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El Consell Consultiu declara nula la compra de mascarillas por 3,7 millones de euros

La nulidad se debe a la falta de solvencia técnica de la empresa contratada durante la pandemia, según el dictamen del órgano asesor

Un paquete de las mascarillas que se compraron.
Un paquete de las mascarillas que se compraron.
(Foto: GOIB)

Palma, 18 sep (EFE).- El Consell Consultiu ha avalado que el Ib-Salut haya declarado nula la compra de mascarillas por 3,7 millones de euros durante la pandemia por parte del Govern que presidía Francina Armengol a la empresa Soluciones de Gestión, investigada por la Audiencia Nacional en el llamado caso Koldo.

El Consultiu ha emitido un dictamen favorable a la declaración de nulidad de la compra efectuada en mayo de 2020, por falta de capacidad de la empresa contratada para suministrar las mascarillas y la carencia de “solvencia técnica adecuada para llevarlo a cabo”.

La Conselleria de Salud inició el pasado marzo la declaración de nulidad del contrato para reclamar por la vía administrativa a la empresa los 3,7 millones de euros abonados por estas mascarillas, que nunca se utilizaron.

En el dictamen favorable hay un voto particular disconforme, de los consejeros Antonio Diéguez y Maria Ballester, que discrepan del criterio mayoritario por una cuestión técnica: alegan un “error de planteamiento” porque no se plantea la nulidad del contrato de suministro, sino la nulidad por la que se declara de emergencia la tramitación.

El Govern de Armengol compró por un procedimiento de emergencia a Soluciones de Gestión y Apoyo a Empresas1.481.990 mascarillas en abril de 2020, por las que pagó 3.701.500 euros. Quedaron almacenadas y no llegaron a utilizarse.

En agosto de 2023, el Ib-Salut incoó un procedimiento de resolución parcial del contrato de emergencia por “incumplimiento culpable de la contratista”, al que se reclamaron 2.626.584 euros, por la diferencia de precio entre las mascarillas KN95/FFP2 solicitadas y las mascarillas quirúrgicas entregadas.

La Conselleria de Salud inició el pasado marzo la declaración de nulidad del contrato, para reclamar íntegros por la vía administrativa a la empresa los 3,7 millones de euros que fueron abonados por el material sanitario.

La declaración de nulidad se adoptó después de que el Ib-Salut desistiera del primer expediente de reclamación por 2,6 millones que ya se había tramitado porque las mascarillas suministradas no respondían a lo contratado. Alegaron para desistir la dificultad que prosperase el expediente a causa de que el Govern anterior había emitido un certificado de conformidad con el envío recibido en agosto de 2020.

La empresa se opuso a la nulidad del contrato de suministro porque se acordó “cuatro años después, tras dejar que las mascarillas sean inservibles por caducidad” y defendió que cumplía “sobradamente” con los requisitos de solvencia económica.

Según el Consell Consultiu, el Servicio de Salud ha dado cumplimiento, en lo esencial, a los trámites pertinentes para una revisión de oficio de un contrato que es “revisable”.

Concluye que en el momento de la adjudicación del contrato, la contratista no tenía “la capacidad de obrar exigible para realizar la actividad objeto del contrato”, que era el suministro de mascarillas, al no ser la actividad de su objeto social y no disponer de la autorización administrativa previa para ejercer dicha actividad.

Según el órgano asesor, la sociedad contratista no ha acreditado tampoco que, en el momento de la adjudicación, cumpliera con el requisito de solvencia técnica exigido. Aportó una relación de contratos de suministro adjudicados entre 2018 a 2020 por diferentes administraciones y organismos públicos, pero no los acompañó de ningún certificado de conformidad emitido por alguno de esos destinatarios de los suministros que avalase su correcta ejecución.

El Consultiu añade que la declaración de nulidad del acto de adjudicación del contrato “extiende sus efectos e implicará la nulidad del acta de recepción de 27 de abril de 2020 y del certificado de 12 de agosto de 2020, del subdirector de Compras y Logística del ente público, por el que dio su conformidad al suministro prestado”.


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