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Consum advierte de los derechos de los clientes de las rebajas

Ya se puede reclamar telemáticamente sin necesidad de DNI electrónico

Llegaron las rebajas.
Llegaron las rebajas.
Consumo advierte de cómo hacer compras responsables.

La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud recomienda una actitud responsable a la hora de aprovechar las ofertas del periodo de rebajas —que ya ha empezado— y recuerda los derechos de los consumidores, que ya pueden presentar reclamaciones a través de <portalconsum.caib.es> sin necesidad de DNI electrónico.

Para sacar el máximo provecho a las rebajas y realizar un consumo responsable, se aconseja eludir el consumismo y comprar sólo aquello que realmente se necesita, para lo que es conveniente planificar las compras y hacer un listado antes de ir de compras. Igualmente, Consumo recomienda ser críticos con la publicidad y no dejarse llevar por mensajes engañosos o que incitan al consumismo.

Los consumidores tienen que solicitar información al comercio sobre si se aceptan cambios o devoluciones, puesto que el vendedor no está obligado a cambiar el producto si éste está en perfecto estado, a menos que así lo anuncie el propio vendedor. También es importante conservar los comprobantes de pago, etiquetas y garantías para poder utilizarlos en caso de tener que hacer una reclamación.

Respecto a las compras por Internet en periodo de rebajas, tienen vigencia los mismos derechos que cuando se compra de manera tradicional. Hay que procurar comprar en sitios virtuales seguros.

En cuanto a las obligaciones de los comercios, la Dirección General recuerda:

  • Los vendedores no pueden adquirir los productos especialmente para la venta en rebajas; tienen que ser artículos que hayan estado a la venta antes a un precio superior.
  • Los comerciantes tienen que indicar claramente el precio de venta anterior y el rebajado, o bien tiene que figurar el precio normal de venta y el porcentaje de rebaja que se aplicará en el momento de compra.
  • Los precios de venta tienen que figurar tanto en los escaparates como en el interior del comercio.
  • El anuncio de ventas en rebajas, en general, debe afectar como mínimo a la mitad de los productos ofertados en el establecimiento, sin perjuicio de que pueda anunciarse la de cada artículo en concreto, que deberá ser identificado y diferenciado debidamente del resto.
  • Los productos rebajados tienen que estar diferenciados de otros tipos de ventas a precios inferiores a los habituales, como los artículos en liquidación, saldos u ofertas especiales. En ningún caso los productos que se vendan en rebajas pueden ser “saldos”, es decir, artículos que presentan alguna tara o defecto en su fabricación.
  • El comerciante tendrá que aceptar los medios de pago habituales, entre los que se encuentran las tarjetas de crédito, no pudiendo cargar un porcentaje superior por el uso de tarjetas de crédito ni rechazar la compra por este sistema si es habitualmente utilizado en su comercio.
  • Los comercios indicarán que existen hojas de reclamaciones.

Reclamaciones más ágiles a través de Internet y sin DNI electrónico

Cabe recordar que, desde el mes de abril, los consumidores pueden presentar reclamaciones a través del móvil o cualquier dispositivo electrónico accediendo a <portalconsum.caib.es> sin necesidad de poseer DNI electrónico, lo que facilita el hecho de reclamar, ya que evita desplazamientos a las oficinas de consumo y puede accederse a cualquier hora del día.

Así, durante el proceso de presentación de la reclamación telemática, uno de los campos obligatorios que debe rellenarse es el teléfono móvil. En el momento de validar la reclamación se pedirá al usuario que introduzca el código que le habrá llegado a través de un SMS al móvil indicado.

La reclamación telemática sin necesidad de DNI electrónico —que permite acercar la Administración a la ciudadanía— era un objetivo de legislatura, una medida en línea con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que recoge, de forma general, que se promoverá el uso de medios electrónicos en las relaciones de la Administración con los ciudadanos.

Para hacer una reclamación debe presentarse:

  • Datos personales del reclamante: nombre, apellidos, número de DNI/CIF/pasaporte o tarjeta de residencia, domicilio, teléfono de contacto y, en su caso, número de fax o correo electrónico.
  • Datos de la empresa reclamada: nombre o denominación social, NIF, domicilio, teléfono y, en su caso, número de fax o correo electrónico.
  • Descripción del producto o servicio objeto de reclamación y motivo: circunstancias en las que se ha adquirido el bien o se ha prestado el servicio, detalladas de forma clara y concisa, y definición del problema surgido con la empresa reclamada.
  • Pretensiones: solución que quiere obtenerse.
  • Documentación adjunta: documentos que acrediten la relación de consumo y todos los medios de prueba de los hechos descritos de los que se disponga, tales como contratos, facturas, presupuestos, recibos, comprobantes, certificados de garantía, folletos descriptivos o de publicidad, muestras, fotografías u otros medios de reproducción en relación con la reclamación.


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