La Sección de lo Contencioso-Administrativo número 4 del Tribunal de Instancia de Palma ha desestimado la oposición presentada contra el decreto de Alcaldía del Ayuntamiento de Ciutadella de 8 de septiembre de 2026, mediante el que se ordenaba ejecutar las medidas cautelares relativas a la plaza des Born.
En un auto fechado el 25 de septiembre, el juzgado considera que la ejecución prevista en el decreto municipal es conforme a derecho y condena a los recurrentes al pago de las costas derivadas de este incidente.
La controversia se centraba en determinar si el decreto del Ayuntamiento de Ciutadella daba cumplimiento a la resolución dictada por el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB) el pasado 14 de mayo, que ordenaba dejar sin efecto la conversión en zona peatonal de la plaza des Born y recuperar la situación existente antes de las actuaciones que habían sido impugnadas.
Las terrazas no impiden recuperar el tráfico
Uno de los puntos cuestionados hacía referencia a las cinco terrazas autorizadas actualmente en la plaza des Born.
El juzgado considera que su ubicación actual no impide recuperar la circulación de vehículos tal y como se desarrollaba antes de la reordenación de la plaza. Por este motivo, concluye que el decreto municipal cumple las medidas cautelares establecidas por el TSJIB, aunque las terrazas no tengan que regresar a su ubicación anterior.
También avala el cambio en las plazas de aparcamiento
La resolución judicial también rechaza las objeciones planteadas sobre las plazas de aparcamiento. Los recurrentes cuestionaban que el estacionamiento pasara de estar regulado a ser libre.
Sin embargo, el juzgado señala que este cambio responde a una ordenanza municipal aprobada antes de las actuaciones que fueron objeto de impugnación, por lo que considera que el decreto de Alcaldía cumple también en este aspecto con lo ordenado judicialmente.
El auto puede ser recurrido en apelación en el plazo de quince días a contar desde la notificación de la resolución.
