Un comentario en una fotografía publicado en Facebook ha costado a su autor nueve meses de cárcel. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Penal número 6 de Palma que condenó a J.J.G. a nueve meses de cárcel, en concepto de autor de un delito de quebrantamiento de medida cautelar, con la agravante de reincidencia.
Según la sentencia, el acusado se puso en contacto con su ex pareja a través de la popular red social quebrantando así la orden de protección ha había dictado el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Palma que, entre otras medidas, prohibía al condenado comunicarse con la víctima. El quebrantamiento se habría producido al escribir el condenado un comentario en una de sus fotografías de Facebook.
Concretamente, el condenado había escrito un “A la vete a enseñarlo guspa”, en referencia a un nuevo tatuaje que se había hecho su ex pareja. La sentencia sostiene que ha quedado probado que dicho comentario fue hecho por J.J.G., desde su propia cuenta, dirigiéndose directamente a su ex pareja y sabiendo que esto constituía un quebrantamiento de la medida cautelar que le había sido impuesta.
Pues me parece perfecto… cumplimiento íntegro de condenas y medidas judiciales cautelares. Si al imputado, se le ha impuesto la medida o la condena de no comunicarse con la víctima por ningún medio, y éste lo hace… pues que pague con las consecuencias.