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La Declaración de Responsabilidades y Deberes Humanos de Valencia

Un artículo de Manolo Bonet


La Declaración de Responsabilidades y Deberes Humanos ha sido adoptada por un grupo de alto nivel presidido por Richard J. Goldstone (*) bajo los auspicios de la ciudad de Valencia y la UNESCO promovida y organizada por ADC Nouveau Millénaire con la Fundación Valencia Tercer Milenio.

En el preámbulo los firmantes expresan, entre otros, su preocupación por el hecho de que cincuenta años después de la adopción de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y la subsiguiente adopción de otros instrumentos de derechos humanos, las graves violaciones de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y su desprecio continúan ultrajando la conciencia de la humanidad, así como por las grandes disparidades en cuanto a riqueza, nivel socioeconómico, científico y tecnológico entre los Estados con mayor capacidad económica y los otros Estados de economía más débil, así como su desigual participación y papel en cuanto a las decisiones que se toman a nivel mundial.

A continuación pasan a definir los deberes y las responsabilidades y quienes son los titulares de los mismos, para después tratar en detalle de:

⦁ El deber y la responsabilidad de la protección de la vida y a lograr la supervivencia tanto de las generaciones actuales como de las futuras.

⦁ La obligación y responsabilidad de promover la seguridad colectiva y la cultura de la paz.

⦁ La obligación de promover el desarme en interés de la paz.

⦁ La obligación de intervenir para impedir graves violaciones de los derechos humanos.

⦁ La obligación y la responsabilidad de respetar el derecho humanitario internacional en tiempos de conflictos armados.

⦁ El deber y la responsabilidad de la ayuda humanitaria y la intervención.

⦁ La obligación y la responsabilidad de proteger y promover un medio ambiente seguro, estable y sano.

⦁ La obligación y la responsabilidad de promover un orden internacional equitativo.

⦁ El deber de aliviar la deuda usurera.

⦁ El deber y la responsabilidad de promover un desarrollo científico y tecnológico seguro, responsable y equitativo.

⦁ Los deberes y responsabilidades de las corporaciones públicas y del sector privado.

⦁ El deber y la responsabilidad de impedir y castigar el crimen internacional organizado.

⦁ La obligación y la responsabilidad de erradicar la corrupción y establecer una sociedad ética.

⦁ El deber y la responsabilidad de conseguir una participación significativa en los asuntos públicos.

⦁ La obligación y la responsabilidad de respetar y asegurar la libertad de opinión, de expresión y de los medios de comunicación.

⦁ Deberes y responsabilidades referentes a las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

⦁ La obligación y la responsabilidad de respetar y asegurar la libertad de reunión y de asociación.

⦁ El deber y la responsabilidad de respetar y asegurar la libertad de religión, creencias y conciencia.

⦁ El deber y la responsabilidad de respetar y asegurar la integridad física y personal.

⦁ El deber y la responsabilidad de respetar y asegurar el derecho a la libertad personal y a la seguridad física.

⦁ La obligación y la responsabilidad de prohibir e impedir la esclavitud y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud.

⦁ El deber y la responsabilidad de respetar y asegurar la ausencia de tortura, de tratos o castigos crueles, inhumanos y degradantes.

⦁ El deber y la responsabilidad de prevenir y erradicar las desapariciones forzosas

⦁ La obligación de respetar y asegurar un trato igual y la no discriminación

⦁ El deber y la responsabilidad de respetar y asegurar la igualdad.

⦁ La obligación y la responsabilidad de asegurar la igualdad racial y religiosa.

⦁ El deber y la responsabilidad de asegurar la igualdad de sexo y de género.

⦁ El deber y la responsabilidad de asegurar la igualdad de las personas discapacitadas.

⦁ El deber y la responsabilidad de respetar y proteger los derechos de las minorías.

⦁ El derecho y la responsabilidad de respetar, proteger y promover los derechos de los pueblos indígenas.

⦁ La obligación y la responsabilidad de respetar, proteger y promover los derechos de los niños.

⦁ El deber y la responsabilidad de promover y hacer que se realicen los derechos y el bienestar de los ancianos.

⦁ El deber y la responsabilidad de promover el derecho a un trabajo justamente remunerado.

⦁ El deber y la responsabilidad de promover la calidad de vida y un nivel de vida adecuado.

⦁ El deber y la responsabilidad de promover y aplicar el derecho a la educación.

⦁ El deber y la responsabilidad de fomentar las artes y la cultura.

⦁ El deber y la responsabilidad de prever y aplicar recursos efectivos.

⦁ El deber de observar y poner en práctica la Declaración de Responsabilidades y Deberes Humanos.

En resumen, se trata de la promulgación de un código de conducta para las personas, gobiernos, instituciones, empresas, partidos políticos, organizaciones, etc. en todas las partes del mundo.

Entre los firmantes del manifiesto figuran personalidades como Ricardo Diez Hochleitner y Federico Mayor Zaragoza y entre las organizaciones un número importante de universidades europeas y estadounidenses.

(*)Richard J. Goldstone, juez surafricano de 70 años, ha sido durante los últimos años el profesor visitante de NYU Law School, Fordham Law School y Harvard Law School. Actualmente es profesor visitante en la School of Law y Joan B. Kroc Institute for Peace and Justice ata la Universidad de San Diego. Antes de su traslado a la academia, el Juez Goldstone sirvió a la justicia en Sudáfrica en los más altos tribunales.


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