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Modificada la Ley de Turismo de Baleares

Sigue vigente la Ley que impide el alquiler turístico en edificios de viviendas plurifamiliares

Imagen del Pleno extraordinario
Imagen del Pleno extraordinario

El Parlament balear ha aprobado este martes en pleno extraordinario el proyecto de modificación de la Ley de Turismo de Baleares que regula el alquiler turístico en la Comunidad y establece, por primera vez, un techo real de plazas turísticas.

No obstante, la nueva normativa mantiene en vigor el artículo 49 de la Ley de Turismo de 2012, que impide el alquiler turístico en edificios de viviendas plurifamiliares, a excepción de si se trata de una vivienda habitual por un tiempo máximo de 60 días o una habitación.

De este modo, Podemos ha cumplido con su amenaza ante la negativa de incluir la propuesta de declaración de “emergencias habitacional” en Palma e Ibiza exigida por la formación morada.

Así, junto con Podemos, los parlamentarios del PP y Cs han votado en contra de modificar el artículo 49 de la denominada ‘Ley Delgado’, que impide el alquiler de viviendas a los turistas en los edificios plurifamiliares, y tan sólo lo permite alquilar a turistas en viviendas unifamiliares y pareados.

El vicepresidente del Govern y conseller de Turismo, Biel Barceló, ha explicado a los periodistas, tras la votación del proyecto legislativo, que “queda en vigor la actual ley”, si bien, ha precisado que se incluye “una nueva modalidad” que permite poder alquilar “tu casa propia” durante 60 días al año “allí donde la zonificación de los Ayuntamientos y Consells lo establezca”.

Así, ha aclarado que el alquiler de viviendas plurifamiliares que no sean propias (vivienda habitual) está prohibido expresamente, por lo que, según ha dicho, “deberá ser en un desarrollo posterior, cuando se podría abordar esta problemática”.

Con todo, Barceló ha remarcado que se establece una moratoria de plazas turísticas en alquiler habitacional, que permitirá a los Ayuntamientos y Consells hacer una zonificación y se prevé una limitación de plazas turísticas, “sea de la modalidad que sea, y que ahora deberá estar sujeta al intercambio de plazas”, ha afirmado.

La nueva normativa establece unos requisitos mínimos de calidad e introduce medidas de control para evitar situaciones de fraude. Así, estas viviendas, que quedan reguladas en la ley deberán inscribirse en un registro y sus titulares deberán presentar la correspondiente declaración del inicio de actividad.

La ley aprobada este martes recoge un régimen sancionador para aquellas prácticas que no se ajusten a la legalidad con multas de hasta 40.000 euros para los propietarios que no regulen las viviendas destinadas a fines turísticos y establece sanciones “muy graves” para las comercializadoras que pueden alcanzar los 400.000 euros.

Otro aspecto relevante de la nueva ley es que da una responsabilidad a las plataformas comercializadoras, obligando a pedir el número de registro para publicar el anuncio, lo que hará que los consumidores tengan la seguridad de que ese anuncio es legal y cumple todos los requisitos para destinarse a alquiler turístico.


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