La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo no ha admitido a trámite el recurso de la Abogacía de la CAIB contra la sentencia del TSJ de Baleares que, dando la razón al Obispado de Mallorca, determinaba que la Consejería de Educación debía modificar el currículo de Bachillerato para que pudiera ofrecerse la asignatura de Religión en primero y segundo cursos, y no únicamente a primero, como ocurría hasta ahora.
En su auto de 11 de octubre, contra el que ya no cabe recurso, el alto tribunal señala que la LOE obliga a incluir la Religión también en el segundo curso del Bachillerato entre las asignaturas objeto de elección y que, habiéndose pronunciado ya en ocasiones previas, el recurso de la CAIB no tiene interés casacional, inadmitiendo a trámite, con lo que queda plenamente confirmada la sentencia del TSJ de Baleares de 31 de enero de este mismo año que estimó el recurso interpuesto por el obispado.
El conseller de Educación y Universidad, Martí March, ha asegurado este martes que el Govern acata aunque no comporte la decisión del Tribunal Supremo y ha avanzado que de cara al curso que viene se ofertará la asignatura de Religión para aquellos que decidan cursarla de forma optativa porque cree que con el curso ya iniciado resultaría “muy complicado” ofrecer la optativa este año ya que, entre otros, implica la contratación de más personal.