El Govern balear ha reconocido hoy como horario laboral el tiempo de transmisión de información que es necesario para garantizar la seguridad y la continuación de la asistencia sanitaria. La medida afectará a más de 4000 profesionales entre enfermeras y auxiliares de enfermería.
El período de tiempo durante el cual los equipos de profesionales, lo que termina la jornada y lo que la empieza, coinciden cumpliendo las funciones asignadas al puesto de trabajo se denomina “tiempo de continuidad de los cuidados profesionales”, coloquialmente “superposición de jornada “. Determinados profesionales del Servicio de Salud se enfrentan a menudo a la necesidad de prolongar la jornada laboral para poder llevar a cabo la transferencia de información clínico relativa a los pacientes a fin de garantizar la seguridad y la continuidad de los cuidados profesionales en el marco del proceso asistencial.
Normalmente, el tiempo indispensable para transmitir la información asistencial se estima en 10 minutos a la entrada y 10 minutos a la salida del turno de trabajo en los casos del personal de enfermería. En el caso del personal auxiliaTal y como habían solicitado los sindicatos de Enfermeríar de enfermería, este tiempo se estima en 3 minutos y medio en la entrada y 3 minutos y medio a la salida del turno de trabajo.
La implantación del reconocimiento de la superposición de jornada como tiempo de trabajo se hará en varias fases:
- En los casos del personal de enfermería: 9 minutos por turno de trabajo a partir del 1 de septiembre, 14 minutos entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2019 y 20 minutos a partir del 1 de mayo de 2.019.
- En el caso del personal auxiliar de enfermería: 4 minutos entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2019 y 7 minutos a partir del 1 de mayo de 2019.
- El acuerdo prevé el reconocimiento de la superposición de jornada por otras categorías profesionales que se turnan y requieren de estos tiempos para transmitir la información clínica.
En otras comunidades autónomas ya se han establecido medidas de reconocimiento del tiempo de superposición y se han aprobado acuerdos y decretos sobre esta materia, como en Aragón, Canarias, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid, Navarra y País Vasco