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Nueva normativa en Baleares: aprobado un reglamento sancionador que excluye las denuncias anónimas

El reglamento actualiza sanciones y establece protecciones adicionales para los presuntos responsables

(Foto: GOIB)

Palma, 5 ene (EFE).- El Consell de Govern ha aprobado este viernes el nuevo reglamento sancionador de la administración autonómica de Baleares, para sustituir el vigente desde 1994, que no admitirá denuncias anónimas y que sale adelante 3 años y medio después de haberse iniciado los trámites, ha destacado el portavoz del Govern, Toni Costa.

El reglamento sancionador se aplica al personal de la comunidad autónoma y también de los consells y ayuntamientos “respetando su autonomía”, ha asegurado Costa en la rueda de prensa posterior al Consell de Govern.

Costa ha asegurado que una de las principales novedades es que se establecen criterios de protección de la presunción de inocencia y de la confidencialidad, si bien no explicado en qué sentido.

Según una nota del Govern sobre la cuestión, el reglamento incluye “los derechos de las personas presuntamente responsables como eje vertebrador de todo el procedimiento” y, por primera vez, establece explícitamente la distinción entre “presuntamente responsable” y “otras personas interesadas en la resolución del procedimiento”.

El acceso al expediente sancionador no tendrá limitaciones para la persona presuntamente responsable, pero sí que podrá tener para el resto de interesados.

En cuanto a las denuncias, estas tendrán que expresar la identidad del denunciante y el relato de los hechos que se ponen en conocimiento de la Administración, con indicación del momento en que se hayan producido y, cuando esto sea posible, la identificación de los presuntos responsables.

No se podrá dar curso a las denuncias “notoriamente infundadas y anónimas”, si bien el órgano competente podrá ordenar la realización de actuaciones previas si se aprecian elementos de juicio suficientes.

El reglamento actualiza las sanciones a partir de los cambios legislativos que se han ido produciendo y las aportaciones de la jurisprudencia en materia de procedimiento sancionador.

El marco de aplicación son las materias en que la Comunidad Autónoma dispone de competencias de regulación, salvo los procedimientos sancionadores de carácter tributario u otras materias que dispongan de procedimientos propios. También será de aplicación a los consejos insulares y ayuntamientos, respetando su autonomía y competencias de autoorganización.

En cuanto a protección de los derechos de los presuntos responsables, regula la preferencia lingüística con relación a las notificaciones durante todo el procedimiento.

En cuanto al pago de las sanciones, por primera vez se prevé la reducción de la sanción pecuniaria cuando se reconoce la responsabilidad por parte de la persona imputada.

El nuevo reglamento establece la garantía de la independencia y la imparcialidad en el ejercicio de las funciones instructoras, la necesaria motivación y justificación en la toma de medidas provisionales, la detallada obligación de contenidos y la transparencia en la información dirigida a la persona responsable, la posibilidad de solicitar en fase de audiencia una comparecencia en los supuestos de infracciones graves o muy graves, y la supresión de vacíos o dudas provocados por la legislación básica.


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