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Ni el Consell de Menorca ni el ayuntamiento de Ferreries han presentado las cuentas de 2017

La Sindicatura de Cuentas les avisa de las consecuencias de su incumplimiento

Consell Insular de Menorca
Consell Insular de Menorca

La Sindicatura de Cuentas de Baleares reclama al Conselll de Menorca y al ayuntamiento de Ferreries las cuentas generales de 2017 que aún no han presentado. Estas 2 instituciones menorquinas son las únicas de la isla que han incumplido la ley y la Sindicatura les avisa de las consecuencias que la falta de rendición de cuentas puede tener para ambas.

De 66 instituciones que hay en las Islas Baleares, 27 no han presentado sus cuentas, un 35,5%. Además, la Sindicatura destaca que eso supone en 55,7% del total del presupuesto (1.050 millones de euros) ya que entre ellas están los Consells de Mallorca, Menorca y Eivissa y la ciudad de Palma.

“Sin rendición de cuentas no hay transparencia”

La Sindicatura de Cuentas señala que “solo cuando la acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, cuando la ciudadanía puede conocer cómo se gestionan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones, podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos empiezan a responder a una sociedad que es crítica”.

La normativa vigente dispone, en el caso de incumplimiento de la rendición de cuentas, entre otras, las siguientes consecuencias:

  • La posibilidad de retener las transferencias derivadas de la participación en los tributos estatales hasta que se considere cumplida la obligación de remisión de la cuenta general
  • La consideración de infracción muy grave en materia de gestión económica presupuestaria el incumplimiento de la obligación de rendir cuentas y establece la sanción correspondiente (art. 28 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno).
  • Las normas que regulan la Sindicatura y el Tribunal de Cuentas establecen el deber de colaboración de las corporaciones locales y disponen las consecuencias del incumplimiento de este deber (art. 5 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas, y art. 30 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas), y el Código penal tipifica las medidas sancionadoras aplicables (art. 502 de la Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal).

La Sindicatura también da cuenta de las instituciones de Baleares que en más ocasiones han enviado sus cuentas generales en el plazo legal desde 2003. Entre ellas se encuentra el ayuntamiento de Es Mercadal y el de Ferreries. Este último ha roto la tendencia al no rendir las cuentas de 2017.


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