El Tribunal Supremo convocará el Pleno formado por 31 miembros para confirmar o anular la jurisdisprudencia recogida en la sentencia hecha pública este jueves en la que determinaba que son las entidades bancarias las que deben abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria y no los clientes.
Lo hace, según explica en una nota el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, Luis María Díez-Picazo, por tratarse la decisión conocida ayer de un «giro radical» en la jurisprudencia y habida cuenta de «su enorme repercusión económica y social».
De esta forma, la Sala Tercera del Supremo ha decidido someter la decisión al Pleno del organismo formado por 31 magistrados, en lugar de los 6 que dictaminaron la sentencia de ayer, para confirmar o volver a la jurisdisprudencia anterior.
Al mismo tiempo, ha dejado sin efecto, por el momento, todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes con un objetivo similar.