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Las nuevas multas de tráfico que llegan a Menorca

La DGT amplía su catálogo de sanciones: desde sujetar el móvil aunque no lo utilices, hasta no apagar del motor del coche cuando está parado

Guardia Civil de Tráfico
Guardia Civil de Tráfico

La Dirección General de Tráfico (DGT) ya tiene sobre la mesa las nuevas sanciones que serán de inmediata aplicación a lo largo de este mes de septiembre una vez el Congreso de los Diputados dé el visto bueno a la nueva Ley de Tráfico. Las multas se amplían ahora a nuevos supuestos como sujetar el móvil aunque no se esté utilizando, no apagar el motor del vehículo cuando se está parado, rebasar el límite de 20 kilómetros por hora añadidos cuando se adelanta o la obligación del casco para los que utilicen los patinetes eléctricos para desplazarse. Estas son las más significativas, aunque también se prevé aumentar la pérdida de puntos ante otras infracciones.

 

Tráfico está a la espera de que la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial salga adelante este mes de septiembre en el Congreso de los Diputados para aplicar una serie de sanciones hasta la fecha no contempladas o limitadas. Con estas nuevas multas, la DGT pretende contribuir al desarrollo sostenible en materia de circulación viaria y aumentar la pérdida de puntos ante aquellos comportamientos considerados peligrosos para la seguridad del resto de los conductores.

Las novedades más significativas de la nueva Ley de Tráfico se concentran en algunos puntos como:

– No apagar el motor del coche cuando se está parado: Con esta medida de carácter eminentemente medioambiental, la DGT sancionará a aquellos vehículos que entorpezcan la circulación al estar parados. Se prevé una sanción de 100 euros para los vehículos parados en doble fila y los que mantengan el motor encendido mientras están parados. Esta medida no afecta a los vehículos que se encuentren en algún atasco o parados en un semáforo.

– Conducir sujetando el teléfono móvil: Hasta la fecha, conducir mientras se habla por el teléfono móvil estaba penado. A partir de su aprobación en septiembre, también conllevará multa de 100 euros y la pérdida de 6 puntos conducir sujetando el teléfono móvil, aunque no se esté utilizando.

– Rebasar el límite añadido de 20 kilómetros por hora para adelantar: La DGT permitía hasta la fecha poder rebasar el límite de la vía en 20 kilómetros por hora más cuando se adelantaba en una carretera convencional. Con la nueva normativa, no se permitirá en ningún caso y conllevará multa.

– Cinturón de seguridad y sistemas de retención infantil: No utilizar el cinturón de seguridad o hacerlo de forma inadecuada conlleva sanción, así como no hacer uso de forma adecuada de los actuales sistemas de retención infantil. Estos incumplimientos supondrá la pérdida de puntos y sanción.

AUMENTO DE SANCIONES CON PÉRDIDAS DE PUNTOS

Además de estas sanciones, la Dirección General de Tráfico ha actualizado la normativa por lo que incrementará la pérdida de puntos a aquellos conductores que realicen algunas infracciones. Entre ellas se encuentran adelantar a ciclistas sin una distancia mínima de 1,5 metros, conducir vehículos con mecanismos de detección de radares, efectuar maniobras de marcha atrás en autopistas y autovías y no mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.

Tráfico también incrementará la pérdida de puntos en otros supuestos como conducir drogado o ebrio, arrojar a la vía materiales que puedan producir incendios (colillas), conducir utilizando cascos de audio o auriculares conectados a aparatos receptores y reproductores y conducir con inhibidores de radares.


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