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“Los derechos fundamentales y el papel de fumar”

Un artículo de Marc González

Administración de una vacuna (Foto: Cris Ruiz)
Administración de una vacuna (Foto: Cris Ruiz)

El siete de diciembre de 2000, el Parlamento, el Consejo y la Comisión aprobaron solemnemente la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que está vigente, como es lógico, en todos sus países miembros.

Ello quiere decir que, en materia de derechos fundamentales de la persona, tendría que resultar indiferente haber nacido en Hungría, en Italia, en España, o en cualquier otra nación de la UE.

Desgraciadamente, este noble desideratum se queda en eso, en una mera aspiración. Quizás formalmente todas las constituciones de los países de la Unión sean muy parecidas en cuanto a la regulación de dichos derechos, pero, a la hora de interpretarlos, los tribunales de cada Estado van, literalmente, a su bola.

Nuestro Tribunal Supremo, por ejemplo, interpreta que la vacunación obligatoria conculcaría derechos fundamentales de los ciudadanos consagrados en nuestra Constitución, básicamente, a la libertad individual y al libre consentimiento de los tratamientos médicos. Otra cosa es que tenga el más mínimo sentido oponer la salud pública de todos a la libertad descerebrada de unos pocos, o considerar que un medio preventivo como una vacuna es un tratamiento terapéutico que requiera del previo consentimiento del individuo.

En Francia lo tienen muy claro, y allí, curiosamente, también rige la Carta Europea de Derechos Fundamentales. Ninguna actividad que requiera contacto con el público se puede ejercer sin la preceptiva vacunación, y el empresario que, por ejemplo, contrate un camarero o un dependiente sin acreditar la pauta completa se enfrenta a una elevada sanción económica. La República Francesa es un estado fuerte cuyas instituciones no son veletas pendientes de la dirección del viento de la opinión pública.

Pero es que incluso en España, estando vigente la misma Carta Magna de que gozamos ahora -no hablo, pues, de tiempos del régimen franquista- se ha vacunado forzosamente a millones de ciudadanos sin pedirnos ninguna clase de consentimiento, sin cita previa, sin conocer la marca del producto inoculado y sin ni siquiera tener la más remota idea de su finalidad preventiva.

Todos los que hemos prestado el servicio militar entre diciembre de 1978 y la abolición de dicha prestación a principios del siglo XXI fuimos asaeteados con múltiples vacunas en el campamento de instrucción militar. Entonces, la judicatura española no parecía muy preocupada por semejante vulneración de derechos fundamentales, aunque imagino que tampoco existió ningún bobo de solemnidad que sometiera semejante cuestión a refrendo judicial.

La diferencia, pues, está en el papel de fumar. Durante décadas, la realidad social de nuestro país y el sentido común de los jueces iban de la mano. Ahora ya no. Un negacionista antivacunas no es un ciudadano que simplemente ejerce un derecho fundamental, como torpemente han resuelto algunos tribunales aquejados de una severa miopía, sino un irresponsable temerario que juega con la salud del resto de sus semejantes -hijos y resto de familiares incluidos- solo por justificar su pánico irracional o sus delirios conspiranoicos contra la vacuna. El virus Covid-19 mata y seguirá matando, pero mataría mucho más si un elevado porcentaje de la población no conservase intacta su capacidad de raciocinio y no se hubiera vacunado masivamente.

Hemos llegado a un punto de imbecilidad colectiva tal que estos días algunos padres negacionistas presentan escritos en los colegios de sus hijos advirtiendo que no tolerarán que sus vástagos tengan que acudir a clase provistos de mascarilla, amenazando a los directores con las penas del infierno si les obligaren a ello. Y lo peor no es la estulticia criminal de estos ignorantes, sino que los responsables de las administraciones se acojonen y acaben buscando alternativas a lo que debería ser una obligación terminante e inequívoca amparada por los tribunales, como ha ocurrido ya en Extremadura, comunidad en la que se han habilitado aulas especiales para alumnos de padres negacionistas. Con dinero público, claro.

Sería bueno, pues, que alguien en el poder judicial pusiera orden y los ciudadanos nos sintiéramos amparados por las resoluciones de los tribunales, en lugar de andar pensando que sus miembros se la cogen, en este caso, con papel de fumar. Dicho sea con el debido respeto y en términos de estricta defensa.


Comment

  1. … podría hacer un símil con aquellos padres que exigen que se les imparta a sus hijos clases de proselitismo religioso, pagado con fondos públicos, en vez de hacerlo ellos mismos llevándolos a catequesis, madrasas, sinagogas o salones del reino… o aquellos padres que exigen que sus niñas vayan a clase con velo, o que se bañen en la piscina aparte de los otros niños, o que se preparen menús especiales que contengan o no contengan tal o cual ingrediente… estamos condicionados por todas esas memeces, pues nos la cogemos con papel de fumar, y acabaremos por agachar la cabeza a cualquier requerimiento de estos colectivos, que se creen que el resto de la sociedad les tenemos que bailar las gracias porque sí, porque son más iguales que los demás… pero no es así como se gestaron las sociedades, hubo un entendimiento primigenio que creó normas de obligado cumplimiento, para que pudiésemos convivir, no estar a expensas de lo que unas minorías -sean religiosas o negacionistas- quieran imponer al resto…

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