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El TSJIB rechaza que dos niñas puedan ir al colegio sin mascarilla

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha desestimado la petición de la madre, que alegaba una posible vulneración de derechos fundamentales

Alumnos con mascarilla en un aula. (1)
Alumnos con mascarilla en un aula. (1)

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha rechazado dispensar cautelarmente a unas menores de la obligación de llevar mascarilla en el colegio. Ha desestimado la petición de la madre, que alegaba una posible vulneración de derechos fundamentales por impedir el colegio el acceso de sus hijas por no llevar mascarilla.

La madre había informado, al comienzo del curso escolar, de que no permitiría que sus hijas llevasen la mascarilla en el centro. Desde la administración le recordaron que la normativa obligaba a ello.

Además, se iniciaron actuaciones por un posible caso de absentismo escolar al no comparecer las niñas en el centro. Con todo, consta que en algunos días acudieron al colegio correctamente provistas de mascarillas.

La madre pedía que, de forma cautelar, la Justicia les exonerase de esta obligación, argumentando que no supondría un menoscabo a la salud pública, o en su caso un menoscabo de muy baja intensidad, mientras que impedirles el acceso, consideraba, supondría vulnerar su derecho a la educación.

El TSJIB concluyó que el caso no reunía los requisitos para conceder la medida cautelar. Entre otros aspectos, recordó que existía una normativa de obligado cumplimiento que pautaba la mascarilla en mayores de seis años cuando se encuentren en el centro escolar.

En este sentido, tanto la administración como la madre están obligadas a atenerse a esa normativa y no se puede solicitar por vía cautelar “la concesión de una medida positiva que exonere del cumplimiento de esa disposición general”. Dado que se trataba de un procedimiento de medidas cautelares, el proceso sigue en marcha y la Justicia se pronunciará más adelante para resolver el fondo del asunto.


Comment

  1. … está basado en el sentido común… y de la misma manera y por regla de tres, también deben las normas RECHAZAR que unos padres fanáticos religiosos, intenten exigir que los centros de enseñanza se plieguen a admitir a sus hijas provistas de tapacaras, sean del tipo que sean, hiyabs, velos, burkas o cualquier ridiculez de ese tipo… que se apliquen esta jurisprudencia toda judicatura que tenga la tentación de anteponer cualquier estúpida excusa confesional para condicionar al resto de los alumnos y a la sociedad en su conjunto en este tema… tenemos que tener como faro a la laica Francia, no a la comunitarista Union Jack, donde no hacen sino instaurar guettos… que no se admitan velos ni símbolos religiosos, como tampoco negacionistas que quieran ir por libre, todos remando a una…

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