UPCM preguntará en el Pleno de mañana:
¿Se han recibido quejas e instancias (incluida una de 13-07-2015 con registro de entrada 010042) por el hecho de que un Hotel situado en la urbanización Cala Blanca ha cerrado los accesos a una zona verde con barreras o “vallas provistas de cadena y candado” y se han adjuntado fotografías que prueban que se han practicado tales cerramientos?
¿Se ha emitido -a instancias de un ciudadano- informe de 04-03-2015 firmado por “El Arquitecto Técnico Municipal” en el que entre otras cosas textualmente se lee: “La piscina del hotel está parcialmente construida dentro de una parcela municipal calificada como zona verde y existe un convenio entre el Ayuntamiento y el hotel, en el que se estipula que todos los ciudadanos, aunque no sean clientes del hotel, pueden utilizar libremente las piscinas”?
¿Se dice textualmente en el mismo informe que:
“Por lo que respecta a las obras que se están ejecutando en el hotel, informarle que consta una comunicación previa de inicio de obras consistentes en reforma de interiorismo y cambio de imagen corporativa del Hotel Cala Blanca… Se prevé la aplicación de un tratamiento antideslizante sobre el pavimento existente en la zona verde municipal en la que se ubica la piscina, que supondrá una mejora tanto para los usuarios del hotel como de los ciudadanos que quieran utilizar la citada piscina”?
¿Se indica en la instancia de 13-07-2015 con registro de entrada 010042 que “desde el pasado 24 de junio, la dirección del hotel ha clausurado todos los accesos, desde la vía pública, a la zona verde municipal en la que están ubicadas las piscinas (por las calles Gregal, Migjorn y Ponent) con sendas vallas provistas de cadena y candado (ver fotos); en el último acceso citado” y además “en los últimos días, se ha plantado un seto” delimitando la parcela, que “la piscina infantil, ubicada en la zona verde municipal, se ha inutilizado como tal cubriéndola con tarima sobre la que se han colocado mesas y sillas” y que lógicamente “las actuaciones descritas no pueden ser amparadas por el contenido de la comunicación previa de inicio de obras”?
¿“Por todo ello, puesto que la situación descrita se mantiene desde el pasado 24 de junio, y después de una entrevista con la dirección del hotel, de tratar este asunto con los servicios municipales de Urbanismo y de Gobernación, de poner los hechos descritos en conocimiento de la policía local mediante tres llamadas telefónicas”, se solicita en la misma instancia:
“Que, en cumplimiento del Convenio suscrito entre el AYUNTAMIENTO y el HOTEL CALA BLANCA (actualmente denominado SUNPRIME CALA BLANCA), y como primeras medidas, se proceda de inmediato a:
– La eliminación de cualquier impedimento al libre acceso de los ciudadanos a la zona verde municipal, así como al uso de las instalaciones en ella ubicadas.
– La rehabilitación de la piscina infantil para su uso original.
– La inspección detallada de cualquier otra actuación que haya podido vulnerar los derechos de uso público de la zona verde municipal?
¿Cuándo se va a restablecer el libre acceso de los ciudadanos a la zona verde y el libre ejercicio del derecho a utilizar las instalaciones (incluso la piscina infantil) en ella ubicadas?
Además UPCM ha presentado el siguiente “PREC” al respecto que también se debatirá en el Pleno de mañana:
A la vista de que se han practicado cerramientos con el objeto de impedir o dificultar el acceso a una zona verde municipal situada al lado de un Hotel en Cala Blanca, tapando con una tarima la piscina infantil y que según informe suscrito el 04-03-2015 por “El Arquitecto Técnico Municipal” resulta que “la piscina del hotel está parcialmente construida dentro de una parcela municipal calificada como zona verde y existe un convenio entre el Ayuntamiento y el hotel, en el que se estipula que todos los ciudadanos, aunque no sean clientes del hotel, pueden utilizar libremente las piscinas”.
A la vista de que el Convenio se está incumpliendo y además se está impidiendo o entorpeciendo el libre acceso de los ciudadanos a la zona, instamos al equipo de gobierno a que se haga cumplir el convenio suscrito en su día, haciendo eliminar los cerramientos practicados y garantizando el libre acceso a la zona y que tal y como se estipula en dicho convenio “todos los ciudadanos, aunque no sean clientes del hotel, pueden utilizar libremente las piscinas”, incluso la piscina infantil.
Además hay que recordar que el Convenio establece muy claramente en su cláusula 7ª que “Las obras o instalaciones que tuvieran una estructura sólida (como las piscinas) podrán, a elección del Ayuntamiento Pleno, revertir a la Corporación Municipal al término de los veinte años (ya transcurridos), o bien ser demolidos con cargo al concesionario”. Y por lo tanto carece de todo sentido, de toda lógica y por supuesto es ilegal que desde el Hotel se ponga ningún tipo de traba al uso público de las piscinas y la zona verde.