La reciente sentencia del Tribunal Supremo que anula el Registro Único de Arrendamientos de corta duración no debería sorprender a nadie. Mucho menos a quienes llevamos años trabajando en el sector turístico y advirtiendo de que el camino elegido por el Gobierno era un error jurídico, administrativo y estratégico.
Desde VITURME lo dijimos desde el primer momento: crear un nuevo registro estatal para las viviendas turísticas era una duplicidad innecesaria que añadía más burocracia, más inseguridad jurídica y más costes a miles de propietarios que ya cumplían con la normativa autonómica vigente. Y ahora, el Tribunal Supremo nos da la razón.
La sentencia 620/2026 anula buena parte del Real Decreto 1312/2024 al considerar que el Estado carece de competencias para crear un registro nacional que se superpone a los registros turísticos autonómicos ya existentes. El Alto Tribunal recuerda algo que parecía haberse olvidado en medio del ruido político: las competencias en materia turística corresponden a las comunidades autónomas.
Lo preocupante no es solo el error jurídico. Lo realmente grave es el tiempo, el dinero y la incertidumbre que esta normativa ha generado durante meses a miles de familias y pequeños propietarios de toda España. Mientras muchos intentaban cumplir con una nueva obligación administrativa —confusa, cambiante y técnicamente compleja—, otros veían bloqueadas reservas, retrasadas comercializaciones o directamente paralizada su actividad por no disponer de un número estatal que ahora el Supremo considera improcedente. Algunas patronales, con lógica y argumentos, ya hablan incluso de posibles reclamaciones millonarias contra el Estado por los perjuicios ocasionados.
Y todo ello para crear un sistema que, además, duplicaba controles que ya existían.
Porque conviene recordar algo que muchas veces se ha querido ocultar en el debate público: las viviendas turísticas legales ya estaban reguladas. Ya existían registros autonómicos, inspecciones, obligaciones fiscales, normativa urbanística y requisitos específicos en cada territorio. En Baleares, por ejemplo, contamos desde hace años con una de las regulaciones más estrictas de Europa.
El problema nunca fue la falta de normativa. El problema ha sido legislar desde el desconocimiento del sector y desde una visión excesivamente ideológica.
El Registro Único de Arrendamientos se presentó como una gran herramienta para controlar el mercado, combatir la ilegalidad y solucionar problemas de vivienda. Pero la realidad es que terminó convirtiéndose en otro ejemplo de sobrerregulación: más trámites para quienes ya cumplen y muy poca eficacia contra quien opera al margen de la ley.
De hecho, el propio Tribunal Supremo mantiene vigente la Ventanilla Única Digital y el intercambio de información entre plataformas y administraciones, precisamente porque esos mecanismos sí responden a las exigencias del Reglamento Europeo 2024/1028.
Es decir: Europa pedía coordinación e intercambio de datos. No pedía crear un nuevo registro estatal paralelo. Y esa diferencia es clave.
En los últimos años hemos asistido a una peligrosa tendencia: convertir a la vivienda turística en el chivo expiatorio perfecto de todos los problemas relacionados con la vivienda. Se ha legislado muchas veces desde el titular fácil, desde la presión política y desde el señalamiento constante a un sector que, en territorios como Menorca, forma parte esencial de la economía local.
Mientras tanto, las soluciones estructurales al problema residencial siguen pendientes.
Desde VITURME seguiremos defendiendo algo muy sencillo: regular sí, perseguir la ilegalidad también, pero hacerlo con sentido común, seguridad jurídica y respeto competencial. Porque cuando las administraciones legislan mal, quienes pagan las consecuencias son siempre los ciudadanos.
Y esta vez, el Tribunal Supremo lo ha dejado muy claro.
