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La necesaria revisión del entramado institucional de Balears

Una opinión de Lola Maiques Flores

Lola Maiques Flores
Lola Maiques Flores

El Govern de las Islas Baleares ha anunciado su pretensión de hacer una revisión en profundidad de la Ley de Consells que aprobó en el año 2000. Los objetivos de esta propuesta- “nivelar” el nivel competencial de estos entes insulares, clarificar su encaje en el organigrama autonómico y evitar duplicidades- son muy interesantes y la voluntad de promover la reforma, de la que no es la primera vez que se habla, firme, si atendemos a que la presidenta de la Ejecutivo comienza el curso con una Conferencia de Presidentes.

Con el proceso dando sus primeros pasos es complicado opinar pero la renovación no será sencilla si tenemos en cuenta que la estructura administrativa que existe en torno al Govern y los Consells no es precisamente liviana. Una revisión honesta y eficaz del edificio institucional de la Comunidad exige la supresión de parte de su forjado. Así, por ejemplo, se ha apuntado con frecuencia la posibilidad de eliminar el Consell de Mallorca por entenderse que estando el aparato del Govern en la isla mayor y viviendo la mayoría de habitantes de la Comunidad en esta isla no tiene sentido su existencia.

Pero lo que parece evidente en un vistazo rápido, tropezará a buen seguro con un montón de obstáculos legales, ideológicos y sentimentales, los mismos con los que toparía una buena distribución de competencias con la consiguiente asignación de recursos personales y materiales suficientes, que supusiera dejar en su mínima expresión la estructura del Govern para fortalecer la de los Consells.

El ‘tinglado‘ se ha ido montando entre muchos y durante muchos años, y deshacerlo no será una tarea fácil aunque sí sea altamente recomendable. Por ello, si los vientos de cambio lo impulsan y la voluntad es firme, el Govern acertaría de pleno si, además de los presidentes insulares, incorporase a la oposición en las negociaciones que pretenden adoptar una decisión de gran calado, a fin de que una vez tomada, no se revise o se revierta dentro de cuatro años.

 


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