En las Isles Balears, durante el año 2016, la Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación ha ejecutado un total de 560 medidas de trabajos en beneficio de la comunidad impuestas a jóvenes infractores por parte de los juzgados de menores. Las prestaciones en beneficio de la comunidad son medidas judiciales no privativas de libertad que tienen un contenido socializador, que permiten al menor o joven infractor desarrollar sus habilidades y consisten en la realización de actividades no retribuidas, de interés social y en beneficio de personas.
Se trata de medidas de carácter educativo y sancionador, que buscan que el joven se responsabilice de sus acciones y, a la vez, haga una acción a favor de la comunidad con una reparación del daño causado. Se realizan mediante convenios de colaboración con instituciones públicas y entidades colaboradoras con una finalidad educativa y de reinserción social de los menores infractores mediante trabajos en su entorno, con objeto de prevenir conductas de riesgo.
La Conselleria de Servicios Sociales ha ampliado durante los años 2016 y 2017 la red de entidades colaboradoras, puesto que se han firmado seis nuevos convenios y se está pendiente de firmar uno más en los próximos meses. Los nuevos convenios han permitido que los jóvenes también puedan ejecutar estas medidas de medio abierto en el Velódromo Palma Arena, en programas sociales de la Cruz Roja Illes Balears, en el Institut de l’Esport Hípic de Mallorca, en el Institut Municipal de l’Esport, la Fundación Hospital Isla del Rey y en el Ayuntamiento de Capdepera.
En total, las prestaciones en beneficio de la comunidad se desarrollan a través de cuarenta convenios que tiene firmados la Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación con las entidades colaboradoras.
Además de estas 560 medidas de prestaciones en beneficio de la comunidad, la Conselleria también ha ejecutado otras 1.490 medidas judiciales no privativas de libertad durante el año 2016, todas ellas impuestas por los juzgados de menores, como pueden ser realización de tareas educativas, libertad vigilada, tratamiento ambulatorio, medidas de convivencia o asistencia a centros de día.