La sentencia cuenta con votos particulares del presidente Juan José González Rivas, y los magistrados Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer.
Esta resolución supone un nuevo revés para el Ejecutivo que ya en julio vio como el tribunal de garantías declaraba la inconstitucionalidad de algunos aspectos del primer estado de alarma.
El Constitucional ha detallado en un comunicado que lo que no consideran ajustado a la Carta Magna “no es la duración de la prórroga, por sí sola y sin más, sino el carácter no razonable o infundado”.
“Se realizó de un modo por entero inconsistente con el sentido constitucional que es propio del acto de autorización y sin coherencia alguna, incluso, con las razones que el Gobierno hizo valer para instar la prórroga finalmente concedida”.