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Multa de 30.000 euros a los grandes propietarios si no informan de sus casas vacías

La Ley de Vivienda de Baleares, que entra en vigor, da tres meses para notificar los inmuebles que lleven dos años cerrados

La nueva ley obliga a los que tengan más de 10 casas a notificar las que tienen vacías.
La nueva ley obliga a los que tengan más de 10 casas a notificar las que tienen vacías.

El Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) ha publicado la primera Ley de Vivienda de Balears. La ley tiene como objetivo principal facilitar el acceso de los ciudadanos a la vivienda y garantizar su permanencia y su entrada en vigor implica, por ejemplo, que los grandes propietarios disponen de tres meses para informar de todas aquellas viviendas de su propiedad que lleven dos años cerradas, bajo la advertencia de una sanción en caso que no lo cumplan, que puede llegar hasta los 30.000 euros.

Así, la Ley obliga a los grandes tenedores a ceder las viviendas vacías que lleven más de dos años cerradas para destinarlas a alquiler social cuando haya necesidad de vivienda y establece vías de protección a los ciudadanos, como el servicio de acompañamiento para cualquier cuestión relacionada con la problemática de la vivienda.

Por otra parte, la normativa fija la obligatoriedad de promover políticas dirigidas al fomento del parque público de viviendas y prevé un régimen sancionador.

Los grandes tenedores son las personas físicas y jurídicas que, directa o indirectamente, participen de manera activa en el mercado de la vivienda y tengan diez viviendas o más en propiedad, alquiler o usufructo.

Además, en ella, se reconoce el derecho de los ciudadanos a la vivienda y establece mecanismos para hacerlo efectivo, incrementando la bolsa de vivienda pública de alquiler social y obligando al Ejecutivo a facilitar ayudas de acceso a la vivienda a las personas en situación de vulnerabilidad si no hay vivienda pública disponible.


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