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El fiscal Barceló niega que el rastreo de móviles a periodistas sea una “injerencia y coacción”

Considera que hay que sobreseer la causa contra el juez Miguel Florit quien secuestró los móviles y ordenadores de los periodistas que cubrían el caso Cursach

Bartomeu Barcelo.
Bartomeu Barcelo.
El fiscal jefe de Balears no ve un atentado contra la libertad de prensa el secuestro de los móviles y ordenadores de los periodistas que seguían el caso Cursach.

El fiscal jefe de Baleares, Bartomeu Barceló, ha pedido por tercera vez el sobreseimiento de la querella de Europa Press y ‘Diario de Mallorca’ contra el juez Miguel Florit y el fiscal Anticorrupción Juan Carrau, con un escrito en el que asegura que el rastreo de los móviles de los redactores que cubrían el ‘caso Cursach’ “no supone injerencia ni coacción alguna al profesional del periodismo”.

El fiscal ha presentado ante el TSJIB un nuevo escrito de alegaciones en el que sostiene que la medida tampoco es “invasiva del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones” y que “por sí misma no es reveladora de las fuentes utilizadas por el periodista”.

Además, Barceló considera que la intención de la incautación de los móviles de los periodistas Blanca Pou y Kiko Mestre “no era quebrantar el secreto profesional” y asegura que “sí que se perciben actuaciones destinadas a respetar el secreto de los profesionales del periodismo”.

También aduce que “la entrega de documentación por periodistas que en absoluto afecta a las fuentes es una práctica legal y nada excepcional”.

INFORMES DEL FISCAL CARRAU

Por otra parte, el escrito del fiscal Barceló defiende la no imputación del fiscal Anticorrupción Juan Carrau -contra el que los periodistas se querellaron considerándole “inductor” de las decisiones del juez-, porque cree que no se acredita “una conducta de intención criminal”por su parte.

Además, considera justificado que Carrau no mencionara el secreto profesional en los informes con los que avaló el rastreo de llamadas y posicionamientos de los teléfonos de los periodistas.

Por ejemplo, Barceló alega que en uno de esos informes, de noviembre de 2018, no se mencionaba el secreto profesional porque afectaba solamente a funcionarios policiales y “no guardaba relación alguna con los periodistas”. No obstante, según consta en el sumario, dicho informe sí incluía un requerimiento a una teleoperadora para que facilitara datos de la redactora de Europa Press desde enero de 2016. El juez dictó la orden al día siguiente accediendo a todo lo solicitado por la Policía Judicial.

Respecto a si los móviles fueron examinados, el fiscal superior alude a un informe policial reciente “en el que se manifiesta claramente que no se produjo acceso”, y argumenta que ponerlo en duda supondría acusar a la Policía de falsedad documental. “En todo caso corresponde probar el acceso indebido a quien lo denuncia”, añade.

LA POLICÍA DICE QUE LOS LISTADOS DE LLAMADAS DE PERIODISTAS ERAN “VITALES”

La Policía Judicial argumenta en un oficio remitido al Juzgado de Instrucción número 12 de Palma que los listados de llamadas y posicionamientos de los móviles de periodistas que cubren el ‘caso Cursach’ eran “vitales” para investigar la presunta revelación de secretos.

En un informe de finales de febrero, los policías encargados de las pesquisas explican que la investigación, tras constatar que los medios de comunicación tuvieron acceso a información confidencial, se encaminó a “concretar los periodistas con acceso a las fuentes”, y además resaltan que las publicaciones de las agencias de noticias “no figuran firmadas”. “Ante esta situación se optó por solicitar el listado de llamadas entrantes y salientes de los dos periodistas”.

Los agentes consideraron que pedir primero los datos telefónicos de los redactores, en lugar del de los funcionarios potencialmente sospechosos, era una medida “adecuada y más proporcional”. Estimaron necesario obtener los listados de llamadas de los redactores para poder descartar todos los posibles filtradores con los que los redactores hubieran tenido contacto.

Según razonan en el oficio, la alternativa era examinar las llamadas de todos los funcionarios con acceso a los documentos de la macrocausa de corrupción judicial, es decir, todo el Juzgado de Instrucción 12, la Fiscalía Anticorrupción, el Grupo de Blanqueo y otros superiores jerárquicos, y que eso “convertiría a todos en investigados por el mero hecho de ser funcionarios públicos”.

Además, estudiar los teléfonos de los funcionarios también hubiera sido “ineficaz” porque sin el listado de los periodistas “no se podría descartar que un tercero también con acceso a los documentos desde otro teléfono no hubiera contactado igualmente con ellos [los redactores]”.

Asimismo, la Policía aduce que los listados eran “vitales” para “evitar imputaciones erróneas que podrían haberse producido de tener únicamente los listados de los posibles autores”.

Los agentes de la Policía Judicial también consideran justificada la medida pese a que se tratara de teléfonos de periodistas. “Se consideró que no vulneraba la libertad de prensa puesto que en ningún caso se secuestró ninguna publicación o se prohibió tal”, y en cuanto a la revelación de las fuentes, argumentan que aparecer en las llamadas de un periodista “no supone ser una fuente de información”.

Sin embargo, en lo relativo a la incautación de los móviles y el resto de material de las sedes de Europa Press y ‘Diario de Mallorca’, la Policía sostiene que “en ningún caso se pretendía la obtención de las fuentes, puesto que ya eran del todo conocidas”.

UTILIZARON LA GEOLOGALIZACIÓN, PERO SOSTIENEN QUE NO VOLCARON LOS MÓVILES

En cuanto a los datos sobre los posicionamientos de los móviles, la Policía señala que la geolocalización solamente fue utilizada “para comprobar si alguno de los investigados y los periodistas habían contactado”, es decir, “que los sospechosos hubieran estado en la sede de los diarios o los periodistas en los domicilios u oficinas” de los investigados.

Por otra parte, en este oficio la Policía informa de que no llegó a realizar el estudio de los móviles y dispositivos intervenidos porque el Juzgado ordenó devolverlos “antes de la realización de cualquier tipo de diligencia”.

Los dispositivos intervenidos “estuvieron en todo momento bajo control de la autoridad judicial a través de la Policía Judicial, como marcan los protocolos”. Según estos protocolos, el material incautado debía estar “en dependencias policiales preservando la cadena de custodia”.

Los agentes de la Policía Judicial añaden en este oficio, a raíz de las informaciones en prensa sobre la investigación, que quieren “subrayar” que el trato con los periodistas “ha sido exquisito como no podría ser de otra forma”.


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