El letrado acusado de deslealtad profesional S.T.B ha sido condenado a 12 meses de multa a razón de 4 euros diarios, a un año de inhabilitación para ejercer como letrado y a hacerse cargo de las costas procesales en el juicio que ha tenido lugar esta mañana en Mahón.
La pena responde a un acuerdo de conformidad entre la acusación particular, Fiscalía y el propio acusado (ya que ha este se ha encargado de llevar a cabo su propia defensa) respecto a los 2 años y 6 meses que se le solicitaban inicialmente.
La parte referente a la responsabilidad civil la cuál recae sobre la aseguradora Caser Seguros ha quedado vista para sentencia pues la defensa de la aseguradora se ha mostrado disconforme con la cantidad de 30.000 euros que solicitaba la acusación en concepto de responsabilidad civil. La defensa de la aseguradora con la cual el acusado tenía contratado un seguro de responsabilidad civil ha argumentado que la cantidad que se le pedía doblaba la cantidad inicial que la Fiscalía solicitaba en el escrito de acusación inicial. Además la defensa de la compañía aseguradora no ha encontrado del todo probado que deba de hacerse cargo del pago de la cantidad de 30.000 que es la máxima establecida por ley para estos casos debido a que no se han aportado pruebas ni documentos referentes al daño moral de los afectados por parte de su defensa en supuesto de “daño por dolo” y teniendo en cuenta que el acusado deberá pagar 92,482 euros referentes a costas procesales y al valor de los diferentes pagares sin fondos que este entrego a sus clientes afectados.
Los hechos que hoy se han juzgado se remontan a 1994 cuando los afectados contrataron los servicios de S.T.B tras haber sido privados del suministro de electricidad de un inmueble que habían adquirido en 1980. El acusado aseguró a los clientes afectados de que había habido una sentencia favorable a ellos, cuando nunca la hubo, llegando a entregar a estos dos pagarés sin fondos de 15.356 y 73.126 euros en concepto del inicio de las obras que permitirían reabastecer de electricidad al inmueble de los afectados. Los clientes del letrado acusado nunca recibieron por parte de este documento alguno que probase y validará la sentencia judicial la cual se daba por dictada. El inmueble tuvo suministro eléctrico desde 1980 ( año en el que fue adquirido dicho inmueble) hasta 1993 año en el que la empresa SA Roca S.A que hasta entonces se había hecho cargo de proveer de electricidad a las viviendas de la zona de Sa Roca dejó de hacerlo debido a que pasó a ser competencia de la asociación de vecinos y propietarios de la zona (la cual había sido constituida por el propio letrado acusado) debido a la descalificación de los terrenos de Sa Roca por la nueva ley urbanística de 1991. Fue entonces cuando Gesa cortó de suministro eléctrico al inmueble de los afectados.
Por los años transcurridos durante el proceso, por la entrada en vigencia de leyes urbanísticas durante el transcurso de este y porque hayan quedado poco claros los puntos de sobre quien recae exactamente la culpa de los distintos daños que los afectados hayan podido sufrir, es la razón por la cual la parte correspondiente al importe en concepto de responsabilidad civil que la compañía Caser Seguros debá abonar, haya quedado vista para sentencia.