El Tribunal Superior de Justicia de las Illes Baleares ha confirmado la decisión del Govern de denegar la autorización ‘Triatges Menorca’ para prestar el servicio de tratamiento de residuos voluminosos en su planta de Alaior, una pretensión a la que se opuso en su día la empresa TIV Menorca, gestora de la planta de voluminosos de Mahón, provocando la paralización del expediente.
En su recurso, ‘Triatges Menorca’ había argumentado que el Plan Director Sectorial de Residuos No Peligrosos, que contempla limitación en en número de plantas de tratamiento de este tipo de residuos debía interpretarse de acuerdo al Plan Territorial Insular, que no determina número máximo de instalaciones, y que no existía justificación para limitar el ejercicio de una actividad económica en base a aquel plan.
Sin embargo, el TSJIB ha defendido que el PDSRNP limite a dos plantas, una en Maó y otra en Ciutadella, “responde a una necesidad de una ordenación territorial a nivel insular”, motivo por el que entiende que fue “correctamente denegada” la autorización solicitada por ‘Triatges Menorca’ para tratar residuos voluminosos en su planta de Alaior.
Contra la resolución, que estima parcialmente las pretensiones de ‘Triatges Menorca, no cabe recurso ordinario.