Hasta final de junio hay tiempo para presentar la Declaración de la Renta. Este año debemos recoger los documentos alusivos al 2018 y saber que hay algunas novedades. Por ejemplo, se aplica el fin de la tributación por las prestaciones de maternidad y paternidad, la reducción de cuota para rentas bajas, o las mayores deducciones para la inversión en nuevas empresas, familias numerosas o gastos de guardería.
Aunque la mayor parte de estos cambios proceden de la Ley de Presupuestos, el primero de los cambios señalados se produjo por una sentencia judicial, de tal forma que las ayudas para padres figurarán o no en los datos fiscales en función de si tuvieron retenciones antes o después de la fecha de dicha sentencia.
De haberse producido retenciones antes de octubre, las prestaciones figurarán en los datos fiscales como rentas exentas, siempre que tengan algún gasto deducible o sean retribución en especie que afecte a los gastos de guardería de la deducción por maternidad.
Algo que ha quedado en el pasado es aquello de recibir un borrador en papel. Las nuevas tecnologías acuden a solucionar esto, ahorrándole al planeta un excesivo consumo de celulosa.
En esta Declaración habrá que tener en cuenta que los ingresos correspondientes a las prestaciones de maternidad y paternidad cobrados en 2018 están exentos del pago de IRPF. La deducción por maternidad se incrementa en 1.000 euros anuales, adicionales a los 1.200 euros anuales que ya estaban en vigor, cuando el contribuyente sufrague gastos de custodia en guardería o centros de educación infantil autorizados.
Las rentas inferiores a 16.825 euros tendrán una reducción de la cuota. Las inversiones en empresas de nueva creación tendrán una deducción de hasta un 30%. Quien tenga familia numerosa tendrá 50 euros más al mes. En el caso de tener al cónyuge en situación de dependencia habrá un tope de 500 euros al año como deducción.
Pese a lo expuesto, como cada Comunidad Autónoma tiene sus propias deducciones complementarias es mejor tener cerca a un asesor para la realización de nuestra Declaración, para que no se nos escape ningún detalle importante.
A tener en cuenta que hay que declarar los rendimientos del alquiler turístico, que ahora se mira con lupa.
Una revisión de todos los detalles que supone una Declaración bien vale un consejo más: no lo dejen para el último momento.