El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha establecido unos servicios mínimos de entre un 32 % y un 85 % para la huelga de tripulantes de cabina (TCP) de Iberia Express, convocada por el sindicato USO para los trabajadores del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas entre el 28 de agosto y el 6 de septiembre.
La operativa de la compañía para estos días afecta a numerosos aeropuertos españoles, en conexiones con el de Adolfo Suárez Madrid-Barajas, además de los vuelos internacionales en dicha terminal.
Los servicios mínimos fijados se aplican a las operaciones de Iberia Express con origen o destino en los aeropuertos de Asturias, Adolfo Suárez Madrid-Barajas, Tenerife Norte, Vigo, Málaga, Palma de Mallorca, Sevilla, Ibiza, Alicante y Menorca.
Así, para el periodo de huelga convocado, la compañía tiene previsto operar aproximadamente 1.100 vuelos con origen o destino España, ofertando más de 212.000 asientos.
Para cada ruta con ciudades españolas peninsulares y extranjeras, cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento igual o superior a 5 horas, se ha fijado unos servicios mínimos del 56 % en agosto y del 55 % en septiembre en Madrid.
Para los aeropuertos de Málaga, Palma de Mallorca, Sevilla, Ibiza, Alicante y Menorca, en el caso de registrarse vuelos de este tipo, la protección será la misma que para Madrid.
El ministerio ha decretado, asimismo, unos servicios mínimos del 100 % de los vuelos dedicados a labores de emergencia tales como servicios de ambulancia, antiincendios, transporte de órganos para el Sistema Nacional de Trasplantes, transporte urgente de material sanitario, médico o farmacológico de lucha contra la COVID 19, vigilancia, protección civil y rescate, entre otros.
También ha protegido aquellas operaciones técnicas de posicionamiento y otras como la situación de tripulaciones necesarias para la realización efectiva de los servicios de transporte aéreo considerados como esenciales, los operados en los periodos entre jornadas de huelga y los posteriores a la finalización de esta.
La protección alcanza tanto a los vuelos regulares, como a los chárter, en el caso de que la compañía decida realizar algún vuelo de esta naturaleza durante el periodo. EEFECOM