El 21 de marzo es el día en que entrará en vigor la nueva Ley de Tráfico que trae bastantes cambios respecto a la normativa anterior y cuyo objetivo primordial es el de reducir la siniestralidad en las carreteras españolas.
Entre los cambios más significativos, se encuentran:
- A partir de ahora no se podrá sobrepasar los 90 km/hora en las carreteras convencionales bajo ningún pretexto, ni siquiera el de avanzar, cuando antes sí estaba permitido rebasar en 20 km/hora esta velocidad máxima.
- La pérdida de puntos por el uso del móvil o la manipulación de cualquier dispositivo electrónico se endurece, pasando a ser de 6 puntos.
- También será motivo de sanción, por tanto, el uso de detectores de radares, aunque éstos estén apagados o inutilizados. En ese caso, 3 puntos.
- Seis puntos igualmente se llevarán quienes avancen a ciclistas y no mantengan el 1,5 m de distancia obligatoria.
- No llevar el cinturón de seguridad, será motivo de una pérdida de 4 puntos.
- Lanzar colillas o cualquier otro objeto en la vía pública, costarán a partir de ahora 6 puntos.
- No usar casco, 4 puntos.
- La recuperación de los puntos iniciales podrá conseguirse a los 2 años de no haber cometido ninguna infracción.
- Otro cambio es que se considerará una infracción grave estacionar o parar en un carril bici.
- También lo será no respetar las zonas de bajas emisiones.
- En cuanto al alcohol y al consumo de drogas, éstos estarán más penalizados que nunca. Los menores de 18 años tendrán que conducir (ciclomotores, bicicletas o patinetes) con una tasa de 0 alcohol; los mayores de 18 años, pero con menos de 2 años de carné, no podrán exceder de una tasa de alcohol en sangre superior a los 0,3 g (0,15 en aire), mientras que para los conductores con más de 2 años de carné, se mantendrán en el 0,50 (0,25 en aire).
.- Este es un artículo de Eva Remolina y AMIC para Menorcaaldia.com
La nueva Ley de Tráfico
